Son muchos los trabajadores que han sufrido un accidente o una enfermedad y se preguntan angustiados cuánto tiempo se puede estar de baja por incapacidad temporal, toda vez que su recuperación no marcha según lo previsto. En este artículo te vamos a contar todo lo que necesitas saber sobre plazos, prestaciones y requisitos. Vamos allá.
QUÉ ES LA PRESTACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL
La Incapacidad Temporal (IT) es un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas del trabajador a consecuencia de una enfermedad común o profesional o de un accidente no laboral o un accidente de trabajo.
Cuando es por enfermedad común o accidente no laboral, se inicia a partir del 4º día de la baja; y cuando se debe a accidente de trabajo o enfermedad profesional, empieza a contar desde el día siguiente al de la baja.
Los beneficiaros son los trabajadores incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social (siempre que cumplan determinados requisitos) y los trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) incluidos en el sistema especial de trabajadores agrarios que hayan optado por incluir esta prestación.
Cuantía de la prestación de Incapacidad Temporal
En cuanto a la cuantía de la prestación, si es por enfermedad común y accidente no laboral, será del 60% de la base reguladora desde el 4º día de la baja hasta el 20º inclusive, y el 75% desde el día 21 en adelante.
En cambio, si es por enfermedad profesional o accidente de trabajo, será del 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja.
En los casos de enfermedad común o accidente no laboral, el pago entre el 4º y el 15º día de la baja correrá a cargo del empresario, y a partir del 16º la responsabilidad será del INSS o de la mutua.
La cuantía también va a depender del convenio que tenga cada trabajador, porque puede haber un convenio de mejora, con el que se cubriría el 100% de toda la baja.
Requisitos para percibir la prestación de Incapacidad Temporal
Si la baja es por enfermedad común, deberás estar afiliado y en alta o en situación asimilada al alta y haber cotizado 180 días en los 5 años inmediatamente anteriores a la baja. Sin embargo, si se ha producido por accidente o enfermedad profesional, no se requiere un período mínimo de cotización.
DURACIÓN MÁXIMA DE LA BAJA LABORAL
El tiempo máximo de duración de la baja laboral (en todos los casos: enfermedad común o profesional o accidente de trabajo o no laboral) es de 365 días, con la posibilidad de prorrogarlos 180 días más cuando durante ese tiempo no se prevé la curación del trabajador. Así pues, el máximo legal contemplado de baja médica es de 545 días.
Durante los 12 primeros meses estarás obligado a entregar los sucesivos partes a la empresa. Además, deberás someterte al tratamiento médico, no trabajar por cuenta propia o ajena durante la baja ni actuar fraudulentamente para obtener o conservar la prestación.
Asimismo, durante la baja por incapacidad temporal la empresa estará obligada a pagar la prestación y cotizar hasta el día 545, realizar las retenciones a efectos de IRPF, garantizar la reserva del puesto de trabajo y remitir los partes médicos al INSS o Mutua.
Una vez cumplido el máximo de 365 días de baja laboral reglamentaria, el INSS deberá tomar una de las siguientes resoluciones:
- Conceder la prórroga de 180 días.
- Proceder a dar el alta médica del trabajador, bien porque éste se haya curado, bien porque no se haya presentado a los reconocimientos médicos correspondientes exigidos por la Seguridad Social.
- Iniciar los trámites correspondientes para la citación del Tribunal Médico de cara al reconocimiento de la incapacidad permanente.
En caso de que no estés conforme, puedes impugnar el alta médica, para lo que dispones de 4 días naturales.
En casos muy extraordinarios se podrá añadir una segunda prórroga de 180 días más; por ejemplo, cuando hay una intervención quirúrgica pendiente.
También hay que dejar claro que si consideras que las lesiones que padeces tienen carácter permanente, puedes iniciar la reclamación de incapacidad permanente en cualquier fase del procedimiento de la baja. De hecho, en Fidelitis no te recomendamos aguantar la baja médica hasta el final si crees que tienes derecho a una incapacidad permanente, porque te podrías encontrar en una situación muy incómoda, como es llegar al año y medio de baja y que te den el alta. Entonces ya no habrá más prórrogas y sólo cabrá la incapacidad permanente, pero si te la deniegan, tendrás que esperar de 6 meses a un año hasta que se celebre el juicio. Eso significaría que tendrías que incorporarte al mundo laboral sin estar en condiciones de trabajar. Para evitar una situación tan desagradable, te recomendamos buscar el asesoramiento de un abogado experto en incapacidades que te guíe durante todo el proceso.
INCAPACIDAD TEMPORAL PARA AUTÓNOMOS
Los trabajadores autónomos tienen reconocidas las mismas coberturas y prestaciones por incapacidad temporal, aunque deben cotizar por contingencias comunes a la hora de darse de alta en el RETA (la cotización por contingencias profesionales es obligatoria), estar al día del pago de las cuotas, y además deberán seguir pagando la cuota a la Seguridad Social durante los dos primeros meses.
Aquí tienes más información sobre incapacidad temporal para autónomos.
¿QUÉ PASA SI TE DAN EL ALTA MÉDICA Y RECAES?
Una recaída tras haber recibido el alta médica es una situación relativamente común en los procesos de incapacidad temporal. Puede ocurrir cuando la enfermedad o lesión inicial no ha sido completamente resuelta, o cuando el trabajador sufre un empeoramiento relacionado con la misma patología que originó la baja anterior.
A continuación, te explicamos qué sucede en estos casos, los derechos del trabajador y los pasos a seguir.
1. ¿Qué es una recaída médica?
Una recaída se produce cuando el trabajador, tras haber recibido el alta médica y reincorporarse a su puesto, vuelve a experimentar síntomas o limitaciones relacionadas con la patología que causó la baja anterior.
- Ejemplo: Un trabajador con una lesión lumbar regresa al trabajo tras el alta médica, pero semanas después vuelve a sentir un dolor incapacitante relacionado con la misma lesión.
2. Diferencia entre recaída y nueva baja médica
- Recaída: Se considera que la causa médica es la misma que la de la baja inicial, por lo que no es necesario reiniciar todo el proceso administrativo.
- Nueva baja médica: Aplica si el trabajador desarrolla una patología distinta no relacionada con la baja anterior.
- Importante: La diferencia radica en el origen de la incapacidad, y es el médico quien determina si se trata de una recaída o una nueva baja.
3. ¿Qué ocurre si se considera una recaída?
Si el médico considera que el trabajador ha recaído:
Reapertura del proceso de incapacidad temporal:
- El proceso se retoma desde donde quedó al momento del alta médica.
- No se reinicia el cómputo del tiempo de baja; es decir, los días de baja acumulados anteriormente se suman al nuevo periodo de incapacidad.
Prestación económica:
- El trabajador continúa recibiendo la misma prestación por incapacidad temporal.
- El porcentaje de la prestación dependerá de si la baja inicial era por enfermedad común o accidente laboral.
4. Procedimiento para gestionar una recaída
Si el trabajador considera que su salud ha empeorado tras el alta médica, debe seguir estos pasos:
- Acudir al médico de atención primaria:
- Solicitar una evaluación médica para determinar si existe una recaída.
- El médico emitirá un nuevo parte de baja indicando que se trata de una recaída de la patología inicial.
- Seguimiento por el INSS o la Mutua:
- Dependiendo del caso, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la Mutua correspondiente realizarán un seguimiento del proceso de incapacidad.
5. ¿Qué pasa si el médico no considera que es una recaída?
En ocasiones, el médico puede determinar que los nuevos síntomas no están relacionados con la baja anterior o que no son suficientes para justificar una nueva incapacidad temporal. En este caso:
- Recurso ante el INSS o la Mutua: El trabajador puede solicitar una revisión de la decisión.
- Derecho a una segunda opinión: El trabajador puede recurrir a un especialista para obtener un informe médico adicional que respalde su situación.
6. Derechos del trabajador durante una recaída
- Protección laboral: El trabajador tiene derecho a no ser despedido por causas relacionadas con la recaída, ya que podría considerarse una vulneración de derechos fundamentales o discriminación.
- Continuidad en la prestación: Si se reconoce la recaída, no se interrumpen los derechos económicos derivados de la incapacidad temporal.
- Evaluación médica: El trabajador puede solicitar revisiones médicas periódicas para garantizar que su estado de salud sea considerado adecuadamente.
7. Consecuencias de reincorporarse al trabajo sin estar recuperado
Reincorporarse al trabajo antes de estar completamente recuperado puede tener consecuencias negativas, como:
- Agravamiento de la patología inicial.
- Riesgo de desarrollar lesiones o enfermedades relacionadas.
- Mayor dificultad para justificar una recaída si el tiempo entre el alta y los nuevos síntomas es prolongado.
8. Cómo evitar problemas en caso de recaída
- Mantén toda la documentación médica: Conserva informes médicos, partes de baja y alta, y cualquier documento relacionado con tu estado de salud.
- Consulta con un especialista: Si tienes dudas sobre tu capacidad para reincorporarte al trabajo, solicita una segunda opinión antes de aceptar el alta médica.
- Comunica cualquier empeoramiento: Notifica rápidamente a tu médico si notas síntomas relacionados con la patología inicial.
9. Casos prácticos
- Ejemplo 1 - Baja por accidente laboral: Un trabajador de la construcción recibe el alta tras un esguince de tobillo. Tres semanas después, experimenta dolor y dificultad para caminar. Su médico confirma que se trata de una recaída, y el proceso de incapacidad temporal se reabre.
- Ejemplo 2 - Baja por enfermedad común: Un administrativo con tendinitis en la muñeca vuelve a trabajar tras recibir el alta, pero al cabo de un mes sufre una nueva inflamación. Si el médico considera que la recaída está relacionada con la lesión inicial, se emitirá un nuevo parte de baja por recaída.
BAJA LABORAL INTERMITENTE: ¿CÓMO FUNCIONA?
La baja laboral intermitente es una modalidad de incapacidad temporal que permite al trabajador alternar periodos de descanso con jornadas laborales, según las necesidades derivadas de su estado de salud. Este tipo de baja está regulado en España y se aplica en casos donde la patología o lesión permite cierta actividad laboral, pero requiere periodos de reposo o tratamientos que dificultan la continuidad de una jornada laboral completa.
1. ¿Qué es una baja laboral intermitente?
La baja laboral intermitente es una incapacidad temporal en la que el trabajador no está completamente incapacitado para trabajar, pero necesita ausentarse de forma periódica o reducir su jornada laboral debido a su estado de salud.
- Ejemplo: Un trabajador con migrañas crónicas puede trabajar algunos días, pero requiere descansos específicos cuando sufre episodios agudos.
2. ¿En qué casos se aplica?
Este tipo de baja es más común en situaciones donde la patología del trabajador es variable o recurrente. Algunos ejemplos serían:
- Enfermedades crónicas: Diabetes, fibromialgia, artritis reumatoide, entre otras.
- Trastornos psicológicos: Ansiedad, depresión o estrés laboral que no incapacitan completamente al trabajador pero requieren pausas.
- Tratamientos médicos prolongados: Rehabilitación, quimioterapia o radioterapia.
- Recaídas leves: Episodios de empeoramiento transitorio de una lesión o enfermedad previa.
3. ¿Cómo se solicita una baja laboral intermitente?
El proceso para obtener una baja laboral intermitente es similar al de una baja convencional, pero debe ser gestionado con precisión:
- Evaluación médica:
- El médico de atención primaria o especialista debe valorar si la patología permite alternar trabajo y descanso.
- El informe médico debe justificar la necesidad de esta modalidad de baja.
- Emisión del parte de baja:
- El médico emite un parte de baja inicial indicando que se trata de una baja intermitente.
- Puede establecerse una pauta específica (por ejemplo, ausencias en días determinados o reducción de jornada).
- Comunicación a la empresa:
- La empresa debe ajustar la jornada laboral del empleado según las indicaciones médicas.
4. Derechos del trabajador en una baja intermitente
El trabajador tiene los mismos derechos que en una baja laboral convencional:
Prestaciones económicas:
- Durante los periodos de ausencia, el trabajador percibe la prestación por incapacidad temporal proporcional a los días que no trabaja.
- Si reduce su jornada, la prestación se calcula en función de las horas no trabajadas.
Protección laboral:
- El trabajador no puede ser despedido por motivos relacionados con su baja, ya que esto podría considerarse discriminatorio.
Adaptaciones:
- La empresa debe garantizar las adaptaciones necesarias para facilitar el desempeño del trabajador durante los días que acuda al trabajo.
5. ¿Qué obligaciones tiene la empresa?
La empresa tiene la obligación de cumplir con las disposiciones médicas y legales relacionadas con la baja intermitente:
- Ajustar horarios: Si el médico prescribe una reducción de jornada, la empresa debe respetar esta indicación.
- Gestionar las ausencias: Mantener el registro de los días o horas que el trabajador no acude al trabajo debido a su baja.
- Comunicación con la Seguridad Social o la Mutua: Informar sobre las ausencias intermitentes para el cálculo correcto de las prestaciones.
6. Ventajas de la baja intermitente
Para el trabajador:
- Permite mantener cierta actividad laboral, lo que puede ser beneficioso psicológica y económicamente.
- Facilita la compatibilidad entre el tratamiento médico y el trabajo.
Para la empresa:
- Reduce el impacto de una ausencia prolongada, ya que el trabajador puede seguir desempeñando parte de sus funciones.
- Mejora la adaptación de las políticas laborales a las necesidades del empleado.
7. ¿Cuánto tiempo puede durar una baja intermitente?
La duración de la baja intermitente se rige por las mismas normas que una baja laboral convencional:
- Máximo inicial: 365 días.
- Prórroga: Hasta 180 días adicionales si se prevé la recuperación del trabajador en ese periodo.
- Durante este tiempo, el trabajador puede alternar periodos de trabajo y ausencia, siempre bajo supervisión médica.
8. ¿Qué ocurre si el trabajador no mejora?
Si, tras el periodo máximo permitido, el trabajador no puede recuperar su capacidad plena para trabajar, se evalúan las siguientes opciones:
- Alta médica: Si el médico determina que la situación del trabajador ha mejorado.
- Incapacidad permanente: Si el trabajador sigue presentando limitaciones significativas, el INSS puede proponer el reconocimiento de una incapacidad permanente parcial, total o absoluta.
9. Ejemplo práctico de baja laboral intermitente
- Caso: Un profesor con depresión diagnosticada puede trabajar algunos días, pero necesita ausentarse para recibir terapia y descansar cuando su estado emocional se agrava.
- Gestión: El médico prescribe que asista al trabajo tres días por semana, mientras que los otros dos los dedica al tratamiento. La empresa ajusta su jornada y comunica las ausencias al INSS para el pago proporcional de la prestación.
Ya sea que necesites impugnar el alta médica o solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente, puedes pedir asesoramiento a nuestros abogados especialistas en incapacidad laboral para asegurar el éxito de tu reclamación.