Impugnación de Alta Médica

¿Cómo puedo impugnar el alta médica de la Mutua o del INSS?

Muchos de nuestros clientes en situación de incapacidad temporal nos preguntan: si recibo el alta médica, ¿tengo que ir a trabajar? ¿Pueden darme el alta médica con secuelas de un accidente laboral? Y si no estoy conforme, ¿cómo puedo impugnarlo? Entendemos que ésta es una cuestión que suscita muchas dudas, así que hemos escrito este artículo para ponértelo claro.

Ocurre muchas veces que la Mutua o el INSS emiten un alta médica sin que el trabajador esté aún en condiciones de reincorporarse a su puesto de trabajo. Puede que no se haya recuperado de su enfermedad o no lo suficiente como para retornar a su actividad laboral.

Podría padecer, por ejemplo, una lesión permanente no invalidante, que es cualquier lesión causada por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional que no alcanza la categoría de incapacidad permanente, pero cuyas secuelas implican la disminución de la integridad física del trabajador y que está reconocida dentro del baremo del Ministerio de la Seguridad Social. En estos casos es importante que sepas cuáles son tus derechos para poder formular una reclamación.

La impugnación del alta médica seguirá un curso diferente en función de los plazos; esto es, del tiempo que llevemos en situación de baja médica (más de un año o menos), así como también de si se trata de una contingencia común o profesional, lo que determinará el organismo competente.

Analicemos los dos escenarios posibles.

1- IMPUGNACIÓN DE ALTA MÉDICA ANTES DE LOS 365 DÍAS

Durante los primeros 365 días los responsables de gestionar las bajas son, por lo general, la Mutua (en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional) o el Servicio Público de Salud de la Comunidad Autónoma (en caso de enfermedad común o accidente no laboral). Además, el Instituto Nacional de la Seguridad Social también tiene potestad para emitir el alta médica.

Dependiendo de quién te haya dado el alta médica, deberás seguir un procedimiento u otro.

Impugnación de alta médica de la Mutua

Si la baja laboral se debe a un accidente de trabajo o a una enfermedad profesional, el organismo competente para emitir el alta médica será la Mutua colaboradora de la Seguridad Social.

¿Qué ocurre si la Mutua me da el alta con secuelas? El primer paso será presentar una reclamación previa en vía administrativa, a través del llamado procedimiento de revisión, que tiene la gran ventaja de que mantiene la baja por incapacidad temporal durante la tramitación del recurso, así como también el pago de la prestación.

Sin embargo (y ésta es la parte más controvertida), en función de la resolución del INSS y de la fecha de alta finalmente establecida, la Mutua podría reclamarte lo percibido durante esa prolongación de la incapacidad temporal.

Plazo de impugnación del alta médica

El plazo para instar a la revisión del alta médica es de 10 días hábiles a contar desde su notificación. El INSS resolverá en un plazo de 15 días hábiles y establecerá la fecha a efectos de alta o mantendrá la baja.

Si el INSS confirma el alta, entonces daremos por agotada la vía administrativa, y necesitarás acudir a la vía judicial para impugnar el alta en el plazo de 20 días hábiles desde la notificación de la resolución.

Impugnación del alta médica del Servicio Público de Salud o del INSS

En cambio, cuando la incapacidad temporal se deriva de una contingencia común, el Servicio Público de Salud será el organismo competente para emitir el alta médica, y habrá que seguir un procedimiento ordinario.

Aquí también será necesario agotar primero la vía administrativa por medio de una reclamación previa. Dicha reclamación debe interponerse ante el INSS en el plazo de 11 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución, quedando suspendidos, asimismo, los efectos del alta médica.

Como en el anterior caso, tendremos que interponer una demanda judicial para impugnar el alta médica.

2- IMPUGNACIÓN DE ALTA MÉDICA DESPUÉS DE 365 DÍAS

Transcurridos los 365 días de duración máxima de la incapacidad temporal, el Instituto Nacional de la Seguridad Social será el organismo competente para mantener la baja o dar el alta médica.

El INSS podrá decidir entre:

  • Prorrogar la situación de incapacidad temporal (con un límite de 180 días más).
  • Iniciar un procedimiento de incapacidad permanente.
  • Emitir el alta médica.

Si confirma el alta médica, deberás reincorporarte a tu puesto de trabajo, pero si no estás de acuerdo con su resolución, podrás iniciar un procedimiento de disconformidad con el alta médica. El plazo es de 4 días naturales desde la notificación.

Una vez presentada la disconformidad con el alta, se prorroga la incapacidad temporal. A partir de ese momento, el INSS resolverá en un plazo de 11 días hábiles.

Hay que dejar claro que con este procedimiento también se prorroga la baja por incapacidad temporal durante el tiempo que dure la resolución de la impugnación, pero, a diferencia de lo que pasaba en el proceso de revisión del alta médica de la Mutua, bajo ningún concepto el trabajador se verá obligado a devolver la cuantía por la prolongación de la baja.

Si una vez finalizada la impugnación, el INSS confirma el alta, tendrás que interponer una demanda judicial en el plazo de 20 días hábiles desde la fecha de la nueva alta. En este caso no es necesaria una reclamación previa.

Conviene recordar, no obstante, que durante la tramitación del procedimiento (que puede alargarse varios meses, aunque la ley lo califique de urgente), no se prorroga la situación de baja, por lo que deberás reincorporarte a tu puesto de trabajo, pues en caso contrario podrías ser objeto de un despido procedente.

MOTIVOS MÁS COMUNES PARA IMPUGNAR UN ALTA MÉDICA

Impugnar un alta médica emitida por la Mutua o el INSS es un derecho que tienen los trabajadores cuando consideran que dicha decisión no se ajusta a su estado de salud real. Hay varias razones por las que un trabajador puede solicitar la revisión de un alta médica, muchas de las cuales están directamente relacionadas con discrepancias entre el estado físico o mental del empleado y la evaluación médica realizada.

Éstos son los motivos más comunes para impugnar un alta médica:

1. Alta médica sin mejoría en el estado de salud

Uno de los motivos más frecuentes para impugnar un alta médica es que el trabajador no ha experimentado una mejoría significativa que le permita retomar sus funciones laborales.

  • Ejemplo: Un trabajador con una lesión lumbar grave recibe el alta, pero sigue presentando dolor crónico y limitaciones funcionales que le impiden realizar movimientos esenciales para su trabajo.
  • Cómo actuar: Aportar informes médicos actualizados que contradigan la conclusión del alta.

2. Discrepancia entre los informes de la Mutua/INSS y los informes médicos externos

En muchos casos, el médico del INSS o de la Mutua emite un alta médica basándose en criterios que no coinciden con los informes de otros especialistas que tratan al trabajador.

  • Ejemplo: Un especialista privado recomienda continuar con el tratamiento, mientras que la Mutua considera que el trabajador está en condiciones de volver al trabajo.
  • Cómo actuar: Presentar los informes médicos emitidos por los especialistas que han tratado al trabajador, argumentando por qué el alta es prematura o inadecuada.

3. Evaluación incompleta o insuficiente

Otro motivo común es que el alta médica se haya emitido sin realizar una evaluación médica exhaustiva o sin considerar la totalidad de las pruebas necesarias para valorar el estado de salud del trabajador.

  • Ejemplo: El alta se emite basándose únicamente en una revisión superficial, sin solicitar pruebas diagnósticas como radiografías, resonancias o análisis específicos.
  • Cómo actuar: Solicitar la realización de nuevas pruebas médicas que confirmen la incapacidad para trabajar.

4. Emisión del alta sin tener en cuenta las limitaciones funcionales

El alta médica puede ser impugnada si no se consideran las limitaciones funcionales derivadas de la patología del trabajador. Estas limitaciones pueden impedir que realice su trabajo habitual, incluso si la enfermedad o lesión ha mejorado parcialmente.

  • Ejemplo: Un trabajador con tendinitis en el brazo dominante recibe el alta, pero no puede realizar tareas que requieran fuerza o movimientos repetitivos.
  • Cómo actuar: Incluir en la impugnación ejemplos concretos de cómo las limitaciones afectan el desempeño laboral.

5. Alta médica emitida por motivos administrativos

En ocasiones, el alta médica no responde al estado real de salud del trabajador, sino a criterios administrativos, como el agotamiento del tiempo máximo de incapacidad temporal (12 meses prorrogables a 18).

  • Ejemplo: Se concede el alta porque se ha alcanzado el límite legal de incapacidad temporal, aunque el trabajador no esté recuperado.
  • Cómo actuar: Argumentar que el alta administrativa no tiene en cuenta el estado clínico y solicitar una prórroga o el reconocimiento de una incapacidad permanente.

6. Recaída tras un alta médica

Si el trabajador experimenta una recaída o un empeoramiento significativo de su estado de salud tras recibir el alta, puede impugnarla para reabrir el proceso de incapacidad temporal.

  • Ejemplo: Un trabajador con una lesión de rodilla vuelve a trabajar tras el alta, pero sufre un nuevo episodio de dolor que le impide continuar con sus tareas.
  • Cómo actuar: Aportar informes médicos que acrediten la recaída y su relación con la patología inicial.

7. Alta médica sin adaptación al puesto de trabajo

Si el alta médica no considera la necesidad de adaptar el puesto de trabajo a las nuevas limitaciones del trabajador, puede ser motivo de impugnación.

  • Ejemplo: Un trabajador con movilidad reducida recibe el alta para un empleo que requiere estar de pie durante largas jornadas, sin que se plantee ninguna adaptación.
  • Cómo actuar: Argumentar que el puesto no es compatible con las condiciones actuales del trabajador.

8. Vulneración del derecho a una segunda opinión médica

Cuando la Mutua emite un alta médica sin permitir al trabajador solicitar una segunda opinión médica o sin respetar los plazos establecidos para realizar esta consulta, el alta puede ser impugnada.

  • Ejemplo: El alta se emite antes de que el trabajador pueda realizarse pruebas adicionales recomendadas por un médico externo.
  • Cómo actuar: Alegar que el procedimiento no ha respetado los derechos del trabajador y solicitar la revisión.

9. Falta de motivación en la decisión del alta

Un alta médica que no incluya una justificación detallada sobre el estado de salud del trabajador o los motivos que llevan a considerar que está apto para trabajar puede ser impugnada.

  • Ejemplo: El parte de alta incluye solo frases genéricas como “apto para reincorporarse”, sin explicar por qué se considera que la patología no afecta al desempeño laboral.
  • Cómo actuar: Solicitar una motivación más detallada e incluir informes que contradigan la decisión.

10. Alta médica incompatible con la normativa laboral

El alta médica puede ser incompatible con la naturaleza del trabajo del empleado, especialmente si se trata de un empleo que exige esfuerzos físicos, exposición a riesgos o condiciones específicas que no han sido consideradas.

  • Ejemplo: Un conductor de transporte público con problemas de visión recibe el alta sin una evaluación específica de su capacidad para manejar.
  • Cómo actuar: Argumentar que el alta no considera los riesgos inherentes al puesto de trabajo y solicitar una revisión.

DIFERENCIAS ENTRE LA IMPUGNACIÓN DEL ALTA MÉDICA Y LA SOLICITUD DE REVISIÓN MÉDICA

Tanto la impugnación del alta médica como la solicitud de revisión médica son mecanismos legales que permiten a los trabajadores cuestionar decisiones médicas relacionadas con su incapacidad temporal. Sin embargo, estos procedimientos tienen objetivos, requisitos y procesos distintos.

Aquí te explicamos las diferencias clave entre ambos:

1. Definición y propósito

  • Impugnación del alta médica: Es el procedimiento mediante el cual un trabajador cuestiona el alta emitida por la Mutua, el INSS o la Inspección Médica, considerando que no está en condiciones de reincorporarse a su puesto de trabajo. El objetivo es revocar esa alta y que se continúe con el proceso de incapacidad temporal.
  • Solicitud de revisión médica: Es el proceso mediante el cual el trabajador solicita una nueva evaluación de su situación médica para determinar si existe un cambio en su estado de salud que justifique modificar su grado de incapacidad o reabrir un expediente de incapacidad temporal. Este procedimiento suele aplicarse cuando se busca revisar una incapacidad ya reconocida (permanente o temporal) por agravamiento o mejoría.

2. Cuándo se utiliza cada procedimiento

Impugnación del alta médica:

  • Se utiliza inmediatamente después de que el trabajador recibe el alta médica.
  • Aplica cuando el trabajador considera que su estado de salud no ha mejorado lo suficiente como para reincorporarse al trabajo.
  • El alta puede haber sido emitida por la Mutua, el INSS o la Inspección Médica.

Solicitud de revisión médica:

  • Se utiliza cuando ha habido un cambio en el estado de salud del trabajador tras un periodo de tiempo.
  • Aplica tanto para casos de incapacidad permanente como para incapacidad temporal previamente cerrada.
  • Puede solicitarse ante el INSS para revisar el grado de incapacidad (parcial, total, absoluta o gran invalidez) o reabrir un proceso de incapacidad temporal por recaída.

3. Plazos legales

Impugnación del alta médica:

  • El plazo para presentar la impugnación es de 11 días hábiles desde la notificación del alta.
  • Si no se presenta dentro de este plazo, el trabajador pierde la posibilidad de impugnar y debe recurrir directamente a otras vías, como la solicitud de revisión médica o el recurso judicial.

Solicitud de revisión médica:

  • No tiene un plazo fijo, pero debe justificarse la petición con nuevos informes médicos que demuestren un cambio significativo en la condición del trabajador.
  • En casos de incapacidad permanente, las revisiones suelen programarse automáticamente cada 2 años, aunque también pueden solicitarse antes si hay un empeoramiento o mejoría.

4. Organismo competente

Impugnación del alta médica:

  • Se presenta ante la Inspección Médica de la Seguridad Social o el INSS, dependiendo de quién haya emitido el alta médica.
  • La resolución la emite la Inspección Médica, que puede confirmar o revocar el alta.

Solicitud de revisión médica:

  • Se presenta ante el INSS, que a su vez deriva la evaluación al Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).
  • El EVI decide si corresponde modificar el grado de incapacidad o reabrir la incapacidad temporal.

5. Requisitos de documentación

Impugnación del alta médica:

  • Informe de alta médica emitido por la Mutua, el INSS o la Inspección Médica.
  • Informes médicos recientes que contradigan el alta.
  • Documentación que detalle las limitaciones funcionales que persisten.

Solicitud de revisión médica:

  • Informe médico actualizado que justifique el cambio en el estado de salud.
  • Resolución previa del INSS sobre la incapacidad (en caso de incapacidad permanente).
  • Pruebas diagnósticas adicionales que respalden la solicitud.

6. Resolución y efectos

Impugnación del alta médica:

  • Si la Inspección Médica acepta la impugnación, el alta médica queda anulada y el trabajador continúa recibiendo la prestación por incapacidad temporal.
  • Si se rechaza la impugnación, el trabajador debe reincorporarse al trabajo o recurrir a la vía judicial.

Solicitud de revisión médica:

  • Si el INSS acepta la solicitud, se puede modificar el grado de incapacidad permanente (aumentándolo o disminuyéndolo) o reabrir el expediente de incapacidad temporal.
  • Si se rechaza, el trabajador puede interponer una reclamación previa al INSS y, posteriormente, recurrir a los tribunales.

7. Consecuencias económicas

Impugnación del alta médica:

  • Durante el proceso de impugnación, el trabajador sigue recibiendo la prestación por incapacidad temporal si la impugnación se realiza dentro del plazo.
  • Si el alta es confirmada y el trabajador no se reincorpora, puede perder la prestación y enfrentarse a consecuencias laborales.

Solicitud de revisión médica:

  • Si se reabre la incapacidad temporal, el trabajador recupera la prestación correspondiente.
  • En caso de modificación del grado de incapacidad permanente, la pensión se ajusta a la nueva valoración.

8. Ejemplo práctico

Impugnación del alta médica:

Un trabajador con una hernia discal recibe el alta de la Mutua, pero sigue teniendo dolor y limitaciones para levantar peso. Presenta la impugnación en el plazo de 11 días, adjuntando un informe médico privado que demuestra que no está apto para trabajar. La Inspección Médica revoca el alta y el trabajador continúa en incapacidad temporal.

Solicitud de revisión médica:

Una persona con incapacidad permanente total debido a problemas articulares presenta una solicitud de revisión al INSS porque su condición ha empeorado y ahora necesita ayuda para actividades básicas. El INSS evalúa el caso y le reconoce una incapacidad permanente absoluta.

CÓMO IMPUGNAR EL ALTA MÉDICA

Si quieres impugnar el alta médica, te recomendamos que te pongas rápidamente en contacto con un abogado especialista en incapacidades laborales. Él te orientará durante todas las fases del proceso y sobre los informes médicos que deberías presentar. También podría sugerirte un peritaje médico y un informe pericial. Recuerda, los plazos son cortos y el tiempo corre en tu contra. En Fidelitis estamos para ayudarte en todo lo que necesites.

Compartir en redes: