Te pueden despedir estando de baja por accidente laboral o enfermedad común

¿Te pueden despedir estando de baja por accidente laboral o enfermedad común?

¿Me pueden despedir estando de baja médica por accidente laboral? ¿Es legal el despido si me encuentro en situación de incapacidad temporal por enfermedad común? ¿Qué puedo hacer en estos casos? Estas preguntas son muy habituales en trabajadores que han sufrido una contingencia y tienen miedo de perder su puesto de trabajo. En este artículo vamos a resolver todas tus dudas para que sepas cómo actuar si te encuentras en esta situación.

¿SE PUEDE DESPEDIR A UN TRABAJADOR ESTANDO DE BAJA?

La respuesta es sí, pero con matices. Un trabajador puede ser despedido estando de baja si hay otras razones que lo justifiquen, pero el motivo del despido nunca puede ser la propia baja, sino otro admitido por ley. Dicho con otras palabras, el estar de baja médica nunca puede ser la causa que justifique el despido. En dicho caso el despido será declarado improcedente o incluso nulo.

La situación de incapacidad temporal no blinda al trabajador contra cualquier tipo de despido. Si realmente existen razones para ello, se llevará a cabo, esté o no de baja.

Es indiferente estar de baja por accidente laboral o por enfermedad común en cuanto a la legalidad del propio despido.

En Derecho Laboral existen dos causas por las que se puede proceder al despido:

  1. Despido objetivo: motivado por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; es decir, por una situación empresarial que justifica la necesidad de eliminar ese puesto de trabajo. También existe el despido objetivo por ineptitud sobrevenida o falta de adaptación al puesto de trabajo.
  2. Despido disciplinario: por un comportamiento grave y doloso del trabajador.

Si el asalariado está de baja por incapacidad temporal, el despedido disciplinario se antoja complicado.

No obstante, y con carácter excepcional, si la baja médica resulta ser un fraude y el trabajador está simulando una lesión o enfermedad (y está llevando a cabo actividades que serían claramente incompatibles con su supuesta dolencia), sí puede tener lugar un despido disciplinario estando de baja, como consecuencia de la mala fe del empleado.

Si te preguntas si te pueden despedir por trabajar estando en situación de baja por enfermedad, la respuesta es que en la inmensa mayoría de los casos sí (al constituir un fraude a la Seguridad Social, así como una dolosa y grave transgresión de la buena fe contractual), excepto si esa rutina tiene una prescripción médica que ayude a la recuperación, como una terapia ocupacional indicada en caso de depresión.

¿Cuándo un despido es considerado nulo?

La legislación española contempla determinadas situaciones en la que no se puede despedir a un trabajador, salvo que exista causa justificada:

  • Reducción o excedencia de jornada por cuidado de un menor o familiar con una enfermedad grave.
  • Durante el embarazo o suspensión por maternidad o incluso transcurridos doce meses tras el nacimiento del hijo.
  • Violación de los derechos fundamentales.
  • Ser despedido como consecuencia de haber reclamado a la empresa, judicial o extrajudicialmente, algún derecho laboral, en virtud del derecho de indemnidad del trabajador.

En todos estos casos el despido será declarado nulo.

¿Qué les supone a las empresas que un trabajador esté de baja médica? 

Obviamente, a las empresas les supone un coste que sus trabajadores estén de baja médica. Entre otros gastos, deberán seguir pagando la cotización a la Seguridad Social y tal vez contratar a otro trabajador para que le sustituya durante el tiempo que esté ausente.

Por esta razón, y con el fin de abaratar costes, algunos empresarios optan por despedir al empleado que está de baja o presionarlo para que coja el alta médica. En este sentido, un despido por represalias, tenga o no relación con la baja laboral, también será nulo.

¿Qué ocurre si no existe causa para el despido y la empresa quiere despedirme por el coste que le supone mantener mi baja?

En la mayoría de los casos los tribunales considerarán que el despido es improcedente y no nulo. La empresa alegará causas que no son ciertas para justificar un despido disciplinario u objetivo, y el juez acabará reconociendo al trabajador la indemnización más alta que recoge nuestra legislación (45 días por año por la antigüedad generada antes de febrero de 2012 y 33 días posteriormente).

La jurisprudencia española, tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional, establece que, en el caso de un despido realizado durante una baja médica, si realmente la razón por la que la empresa despide al trabajador es la de encontrase de baja, se trataría de un despido improcedente.

Dicho esto, hay sentencias en las que se ha considerado el despido nulo, especialmente cuando la incapacidad temporal es larga y se asimila a una discapacidad.

¿Te pueden despedir estando de baja por depresión?

Las bajas médicas no sólo pueden deberse a patologías físicas, sino también psicológicas, como la depresión, y gozan de la misma protección y amparo legal que cualquier otra enfermedad. Además, el acoso en el trabajo puede ocasionar la baja laboral por depresión.

Por lo tanto, tal como hemos visto, sí te pueden despedir estando de baja por depresión, siempre que la causa que justifique el despido no sea el hecho de estar de baja. Si se despide al trabajador por estar de baja por su estado de salud, se considerará despido improcedente.

No obstante, para evitar posibles fraudes, el médico debe autorizar qué puede y qué no puede hacer el trabajador con depresión. Por ejemplo, tendrá permitido viajar si se acredita que puede ser bueno para su salud y que no supone ningún agravante. Hacer deporte o salir con gente también pueden mejorar la salud mental, pero siempre se recomienda solicitar un informe médico para realizar cualquiera de estas actividades.

Saber más sobre incapacidad permanente por depresión.

Despido por baja laboral por contagio del COVID-19

Un caso muy específico de despido durante baja médica ha sido el surgido a raíz de la pandemia del COVID-19. Un trabajador no puede ser despedido por el hecho de haberse contagiado, y si se prueba que la causa real del despido fue el contagio y no cualquier otra ajena a la enfermedad, podríamos estar ante un caso de despido nulo por razones discriminatorias.

En estos casos los tribunales declaran nulos los despidos por haberse producido vulnerando los derechos fundamentales del trabajador e infringiendo la prohibición de discriminación.

Si me despiden estando de baja médica, ¿quién me paga?

El despido con baja médica puede hacer que sigas cobrando si has generado derecho a paro.

Si la contingencia de tu baja es accidente no laboral o enfermedad común, la encargada de abonar tus mensualidades será la Seguridad Social. En este caso tu paro seguirá consumiéndose, y la cuantía de la baja se reducirá hasta lo que te correspondería de paro.

Si se trata de accidente de trabajo o enfermedad profesional, será la Mutua quien se haga cargo, y la ventaja aquí es que el paro no corre y la cuantía sigue siendo la misma.

Si tu prestación de incapacidad temporal sale de las arcas del INSS y se te agota el paro, dejarás de cotizar, sí, pero no te quedarás sin nada. Comenzarás a cobrar, como máximo, el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que en 2021 asciende a 451,92 € mensuales.

¿Cómo me comunica la empresa el despido?

La empresa tiene la obligación de mandar una carta al trabajador con el despido. Si está de baja, el método normal de notificar el despido será a través de un burofax, aunque también podría pedirle que acuda a sus oficinas. En este caso, al estar el trabajador de baja no tiene por qué ir a la empresa, sobre todo si es incompatible con su estado de salud o con su recuperación.

Otra forma de enterarte es a través de los SMS informativos que envía la Seguridad Social cuando te dan de alta o de baja.

Lo que sí es muy recomendable es recoger estos avisos para estar notificado y poder impugnar.

Si la empresa decide entregarte la carta de despido durante tu incapacidad temporal, deberá abonarte el finiquito y la indemnización correspondiente. Además, es muy importante que firmes los papeles como no conforme, para dejar una vía abierta para reclamar.

RECLAMAR LA NULIDAD DEL DESPIDO

Un despido durante la baja se puede denunciar y reclamar su nulidad. La consecuencia de dicha reclamación será que el empresario se vea en la obligación de readmitir al trabajador en su puesto.

Para que la reclamación prospere habrá que acreditar que el empresario ha actuado vulnerando el derecho a la salud de su empleado, y que el despido se ha debido exclusivamente a que estaba de baja.

El plazo para impugnar el despido es de 20 días hábiles, y se empieza a contar desde que se te notifica el despido. El hecho de estar de baja médica no paraliza el plazo para demandar.

Si finalmente el despido se declara nulo, el empresario deberá reincorporar al trabajador en su puesto sin que varíen sus condiciones. Además, tendrá que abonarle los llamados salarios de tramitación (días que dejó de cobrar porque estaba fuera de la empresa tras el despido por estar de baja laboral).

En algunas ocasiones también es posible conseguir una indemnización, aunque no es lo más frecuente. Para ello habría que demostrar que el despido le ha causado daños y perjuicios graves.

DEROGACIÓN DEL DESPIDO POR BAJA MÉDICA JUSTIFICADA

En febrero de 2020 el Gobierno derogó el llamado "despido por bajas médicas justificadas" o “despido objetivo por absentismo”:

"Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los 12 meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de 12 meses."

Artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores

Hasta esta reforma laboral, la falta de asistencia al trabajo, justificada o injustificada, cuando era superior a determinado porcentaje se convertía en una modalidad de despido objetivo.

Algunas de las razones que llevaron a la derogación de este despido fueron que se consideró que vulneraba el derecho a no ser discriminado por razón de incapacidad, que el trabajador enfermo despedido se veía en una situación de gran vulnerabilidad profesional, personal y social, o que era un despido que podía afectar en mayor medida a las mujeres, al ser las más implicadas en el cuidado de personas dependientes.

En consecuencia, la baja médica por enfermedad ya no puede ser causa de despido. Sí te pueden despedir estando de baja laboral, pero no por estar de baja laboral. El motivo alegado para el despido tiene que ser cualquier otro, pero nunca la ausencia intermitente por bajas médicas; deberá estar motivado por otras causas establecidas en la ley o en el convenio colectivo aplicable.

¿Qué puedo hacer si me despiden por baja médica?

Es un secreto a voces que muchas empresas deciden despedir a un trabajador que está de baja médica continuada disfrazando la causa de despido. En este caso habría que analizar si la causa alegada por la empresa es procedente o improcedente.

Si es alguna de las reguladas en la ley o convenio colectivo, pero aun así estás convencido de que la verdadera razón es la baja médica, puedes demandar a la empresa.

En Fidelitis tenemos a los mejores abogados laboralistas expertos en despido y podemos ayudarte a recurrir y obtener la máxima indemnización, si procede. Déjanos estudiar tu caso.

Compartir en redes: