Recibir una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo una incapacidad permanente puede parecer inicialmente una buena noticia. Sin embargo, en ocasiones el problema está en el grado de incapacidad concedido.
Por ejemplo, el INSS puede reconocer una incapacidad permanente total cuando las limitaciones del trabajador podrían justificar una absoluta, o conceder una incapacidad parcial cuando las secuelas realmente impiden continuar ejerciendo la profesión habitual.
En estas situaciones surge una pregunta fundamental: ¿Tengo que aceptar el grado concedido o puedo reclamar uno superior?
La respuesta es que sí, es posible impugnar la resolución del INSS y solicitar el reconocimiento de un grado de incapacidad permanente diferente, pero es importante actuar correctamente y dentro de los plazos establecidos.
¿QUÉ GRADOS DE INCAPACIDAD PERMANENTE EXISTEN?
Antes de reclamar es importante conocer las diferencias entre los distintos grados de incapacidad permanente.
Incapacidad permanente parcial
Es aquella que, sin impedir realizar las tareas fundamentales de la profesión habitual, ocasiona una disminución no inferior al 33 % en el rendimiento normal para dicha profesión.
Incapacidad permanente total
Impide desarrollar todas o las tareas fundamentales de la profesión habitual, aunque permite dedicarse a otra diferente.
Incapacidad permanente absoluta
Inhabilita para el ejercicio de cualquier profesión u oficio.
Gran invalidez
Se reconoce cuando, además de existir una incapacidad permanente absoluta, la persona necesita la asistencia de otra para realizar determinados actos esenciales de la vida.
La diferencia entre un grado y otro tiene importantes consecuencias tanto laborales como económicas.
¿PUEDO RECLAMAR SI EL INSS ME HA CONCEDIDO UN GRADO INFERIOR?
Sí.
El hecho de que el INSS haya reconocido una incapacidad permanente no significa que tengas que conformarte con el grado concedido.
Si consideras que tus limitaciones justifican un grado superior, puedes impugnar la resolución.
Por ejemplo, puede ocurrir que el INSS reconozca:
- Una incapacidad parcial cuando consideras que corresponde una total.
- Una incapacidad total cuando las limitaciones podrían justificar una absoluta.
- Una incapacidad absoluta cuando, además, necesitas ayuda de otra persona para determinados actos esenciales y podría plantearse una gran invalidez.
En cualquiera de estos supuestos será necesario demostrar que las limitaciones reales son superiores a las valoradas por el INSS.
¿CUÁL ES EL PRIMER PASO PARA RECLAMAR?
Con carácter general, antes de acudir a los tribunales debe presentarse una reclamación previa ante el INSS.
Este trámite permite solicitar que la propia Administración revise su decisión.
Pero no debería limitarse a indicar simplemente que no estás de acuerdo.
Una reclamación bien planteada debe analizar:
- Qué grado ha reconocido el INSS.
- Qué limitaciones ha considerado.
- Qué limitaciones no ha valorado correctamente.
- Qué informes médicos respaldan la petición.
- Cómo afectan las patologías a la capacidad laboral.
- Por qué jurídicamente podría corresponder un grado superior.
Por ello, es especialmente recomendable contar con asesoramiento especializado antes de presentar la reclamación.
¿QUÉ PLAZO TENGO PARA RECLAMAR?
Los plazos son fundamentales.
Con carácter general, frente a una resolución del INSS en materia de prestaciones de Seguridad Social, la reclamación previa debe presentarse en el plazo de 30 días desde la notificación de la resolución.
Dejar transcurrir el plazo puede dificultar considerablemente la posibilidad de discutir esa resolución.
Por eso, si no estás conforme con el grado reconocido, conviene solicitar asesoramiento desde el momento en que recibes la notificación.
¿QUÉ OCURRE DESPUÉS DE PRESENTAR LA RECLAMACIÓN PREVIA?
El INSS estudiará nuevamente el expediente y podrá mantener o modificar su decisión.
Si la reclamación previa es desestimada y sigues considerando que corresponde un grado superior, puede plantearse una demanda ante el Juzgado de lo Social.
Será entonces un juez quien valore la documentación médica, las limitaciones funcionales y el resto de las pruebas aportadas para determinar si el grado reconocido por el INSS es correcto.
¿QUÉ INFORMES MÉDICOS SON IMPORTANTES PARA PEDIR UN GRADO SUPERIOR?
Los informes médicos son una pieza fundamental de la reclamación.
Sin embargo, no basta con acumular diagnósticos.
Resultan especialmente útiles aquellos documentos que describen de forma precisa:
- Las limitaciones funcionales.
- La pérdida de movilidad o fuerza.
- El dolor crónico.
- Las dificultades cognitivas.
- Las limitaciones psicológicas o psiquiátricas.
- La evolución tras los tratamientos.
- El carácter persistente de las secuelas.
- El pronóstico.
También pueden resultar fundamentales las pruebas diagnósticas objetivas y los informes de especialistas.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE REVISAR LOS INFORMES ANTES DE RECLAMAR?
Porque un expediente médico puede parecer muy favorable y contener, al mismo tiempo, elementos que el INSS utilice para justificar el grado reconocido.
Expresiones como:
- "Evolución favorable".
- "Mejoría clínica".
- "Paciente estable".
- "Movilidad conservada".
- "Buena respuesta al tratamiento".
No significan necesariamente que una persona pueda trabajar, pero deben interpretarse dentro del conjunto del expediente.
Además, puede ocurrir que los informes expliquen perfectamente las enfermedades, pero no describan adecuadamente sus consecuencias laborales.
Un abogado especializado puede revisar estos elementos y determinar qué aspectos del expediente deben reforzarse antes de reclamar.
¿QUÉ PASA SI ME HAN CONCEDIDO UNA INCAPACIDAD TOTAL Y QUIERO LA ABSOLUTA?
Es uno de los supuestos más frecuentes.
La incapacidad permanente total significa que el trabajador no puede desarrollar su profesión habitual, pero el INSS considera que conserva capacidad para realizar otras profesiones.
Para obtener una incapacidad permanente absoluta será necesario acreditar que las limitaciones tienen una intensidad suficiente para impedir el desarrollo de cualquier profesión u oficio en condiciones de profesionalidad, continuidad y eficacia.
Por tanto, no basta con demostrar que no puedes volver a tu anterior puesto de trabajo. La discusión se centra precisamente en si existe capacidad laboral residual suficiente para desarrollar otras actividades.
¿PUEDO SEGUIR COBRANDO LA PENSIÓN MIENTRAS RECLAMO?
El hecho de reclamar un grado superior no supone, por sí mismo, dejar de percibir la prestación que ya ha sido reconocida.
Por ejemplo, si el INSS concede una incapacidad permanente total y se reclama el reconocimiento de una absoluta, el beneficiario puede continuar percibiendo la pensión correspondiente al grado reconocido mientras se tramita la reclamación, sin perjuicio del resultado final del procedimiento.
¿EXISTE ALGÚN RIESGO AL RECLAMAR UN GRADO SUPERIOR?
Este aspecto debe estudiarse antes de iniciar cualquier reclamación.
Impugnar una resolución abre una controversia sobre la valoración realizada por el INSS y las circunstancias concretas del expediente pueden ser muy diferentes de un caso a otro.
Por ello, no es recomendable reclamar automáticamente simplemente porque se desea una pensión mayor.
Antes debe analizarse:
- La resolución del INSS.
- El expediente administrativo.
- Los informes médicos.
- Las limitaciones reconocidas.
- Las posibilidades reales de obtener un grado superior.
- Los posibles riesgos procesales del caso concreto.
Esta es otra de las razones por las que resulta aconsejable que un abogado especializado estudie el expediente antes de tomar una decisión.
¿Y SI MI ESTADO DE SALUD EMPEORA DESPUÉS?
Puede ocurrir que el grado reconocido inicialmente fuera correcto, pero posteriormente las enfermedades o secuelas empeoren.
En estos casos puede plantearse una revisión del grado de incapacidad permanente por agravamiento, siempre que concurran los requisitos correspondientes.
No es lo mismo discutir que la resolución inicial era incorrecta que solicitar posteriormente una revisión porque el estado de salud ha empeorado.
Determinar qué vía corresponde es importante para plantear correctamente el procedimiento.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE CONTAR CON UN ABOGADO ESPECIALIZADO?
Cuando el INSS ya ha reconocido una incapacidad permanente, decidir si merece la pena reclamar un grado superior requiere un análisis cuidadoso.
Un abogado especializado puede:
- Estudiar la resolución.
- Revisar el expediente administrativo.
- Analizar los informes médicos.
- Detectar contradicciones o puntos débiles.
- Valorar las posibilidades reales de conseguir un grado superior.
- Preparar la reclamación previa.
- Defender posteriormente el caso ante el Juzgado de lo Social si fuera necesario.
La estrategia no debería consistir simplemente en "pedir más", sino en demostrar por qué las limitaciones acreditadas encajan jurídicamente en un grado superior.
Si no estás de acuerdo con el grado de incapacidad permanente concedido por el INSS, puedes reclamar y solicitar el reconocimiento de un grado superior. Sin embargo, es fundamental actuar dentro de los plazos y estudiar previamente si la documentación médica permite defender esa pretensión.
Especialmente cuando se pretende pasar de una incapacidad permanente total a una absoluta, la diferencia dependerá de demostrar que las limitaciones no afectan únicamente a la profesión habitual, sino que impiden desarrollar cualquier actividad laboral en las condiciones exigibles.
Por eso, antes de presentar una reclamación, conviene realizar una revisión completa del expediente y diseñar una estrategia jurídica adecuada.
Si el INSS te ha reconocido una incapacidad permanente, pero consideras que el grado concedido no se corresponde con tus verdaderas limitaciones, en Fidelitis podemos estudiar tu resolución y tu expediente médico antes de iniciar una reclamación.
Analizamos las posibilidades de obtener un grado superior, detectamos los puntos que deben reforzarse y te acompañamos durante la reclamación previa y, si fuera necesario, en la vía judicial.
No dejes pasar los plazos para reclamar.
Revisado jurídicamente por Sofía Cabeza Fernández

