Reclamación previa al INSS por denegación de incapacidad permanente

Reclamación previa al INSS por denegación de incapacidad permanente

Cuando se trata de solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, y, en especial, cuando dicha solicitud ha sido rechazada, son muchas las dudas que suelen surgir acerca de cuál es el procedimiento que debe seguirse. En este artículo te vamos a explicar qué es y en qué consiste la reclamación previa al INSS por denegación de incapacidad permanente, uno de los trámites más comunes en estos casos que deberías conocer. También te vamos a facilitar un modelo de reclamación, para que sepas cómo es.

¿QUÉ ES LA RECLAMACIÓN PREVIA?

La reclamación previa (en jerga legal, reclamación administrativa previa a la vía judicial en materia de prestaciones de la Seguridad Social), es un recurso administrativo que se presenta ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social para solicitar la modificación o revocación de un acto administrativo; en este caso, una resolución denegatoria en materia de reconocimiento de prestaciones, con carácter previo a la vía judicial.

En este sentido, el artículo 71 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social establece que:

Será requisito necesario para formular demanda en materia de prestaciones de Seguridad Social que los interesados interpongan reclamación previa ante la Entidad gestora de las mismas.

En el caso de una reclamación previa por incapacidad permanente, el recurso será presentado por aquel trabajador que haya solicitado el reconocimiento de una incapacidad laboral y le haya sido denegada, o bien, habiéndola conseguido, no esté de acuerdo con el grado concedido.

En el primer caso, la respuesta suele provenir de la resolución dictada por la entidad gestora de las prestaciones de Seguridad Social, es decir, el INSS; aunque también puede darse el denominado silencio administrativo negativo. Esta circunstancia ocurre cuando no hay una comunicación de la decisión tomada en el plazo de 135 días.

El objeto de la reclamación previa no es otro que incluir motivos jurídicos o médicos que avalen el reconocimiento de la incapacidad laboral. En caso de ser aceptada, se anulará el acto administrativo por el que se denegó la pensión de incapacidad y se dictará nuevo acto administrativo concediéndola.

¿Necesito abogado o graduado social para presentar la reclamación previa?

Aunque no es necesario ni obligatorio, en Fidelitis siempre recomendamos contar con el asesoramiento profesional de un abogado experto en incapacidad permanente desde el primer momento, ya que cualquier expediente incompleto o con errores que se haya presentado y que haya dado como resultado una resolución denegatoria del INSS, luego podría dificultar mucho el reconocimiento de la incapacidad en vía judicial.

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN PREVIA?

Una vez el INSS haya dictado resolución y ésta te haya sido notificada, tienes que tener en cuenta los plazos para presentar la reclamación previa, que son:

  • 30 días hábiles: para interponer reclamación previa sobre incapacidad permanente tras la resolución denegatoria del INSS, o una vez pasados 45 días hábiles desde la solicitud inicial sin que el INSS se haya pronunciado ni notificado resolución alguna.
  • 11 días hábiles: para la impugnación de altas médicas en las que no se presente disconformidad.

Estos plazos empiezan a contar desde la fecha de notificación de la resolución. Es importante que sepas que, cuando cualquier resolución administrativa indica un plazo sin especificar si son días hábiles o naturales, se deben entender como hábiles, lo que excluye sábados, domingos y festivos.

¿QUÉ PLAZO TIENE EL INSS PARA RESPONDER A UNA RECLAMACIÓN PREVIA?

Tal como se recoge en el apartado 5 del artículo 71 de la Ley General de la Seguridad Social, una vez el demandante haya formulado la reclamación previa, la entidad gestora, el INSS, deberá contestar expresamente a la misma en el plazo de 45 días (de nuevo, hábiles). En caso contrario se entenderá denegada la reclamación por silencio administrativo.

En el caso de los procedimientos de impugnación de alta médica en los que deba interponerse reclamación previa, el plazo para la respuesta será de 7 días hábiles, entendiéndose desestimada una vez transcurrido dicho plazo.

Es bastante común que la gente se confunda y crea que el plazo es de 135 días, pero ese plazo en realidad no es para la reclamación previa, sino que es el plazo que tiene el INSS para responder a la solicitud inicial de incapacidad permanente.

SI ME DENIEGAN LA RECLAMACIÓN PREVIA, ¿QUÉ PLAZO TENGO PARA PRESENTAR DEMANDA JUDICIAL?

El plazo para acudir a la vía judicial mediante la presentación de una demanda en el Juzgado de lo Social es de 30 días hábiles, a contar desde la fecha en que se nos notifique la denegación de la reclamación previa o desde el día en que se considere denegada por silencio administrativo.

Y si hablamos de los procedimientos de impugnación de alta médica, el plazo para presentar demanda por la vía judicial será de 20 días, también hábiles.

¿DÓNDE SE PRESENTA LA RECLAMACIÓN PREVIA AL INSS?

La reclamación previa se debe presentar en cualquier oficina de registro de la Seguridad Social (INSS o CAISS), de forma física o telemática, firmando el envío y la propia reclamación con certificado digital.

En este enlace de la Seguridad Social puedes enviar la documentación para la reclamación previa.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBO APORTAR A LA RECLAMACIÓN PREVIA?

En primer lugar, deberemos adjuntar, junto con la reclamación previa, la resolución del INSS que se está impugnando.

Además, es recomendable aportar todos los informes médicos en nuestro poder sobre las dolencias y limitaciones anatómicas y funcionales que suframos y que acrediten la necesidad de que se nos conceda la incapacidad permanente.

No es necesario añadir un informe pericial, aunque podría ser recomendable. Lo cierto es que es raro que la Administración haga caso a un informe pericial; en este sentido, resulta mucho más útil en los tribunales. Dicho esto, la valoración que se realice del mismo va a depender mucho de cada juzgado y del caso concreto en relación con lo señalado en los informes del EVI y del Servicio Público de Salud.

Toda la documentación aportada quedará reflejada en el correspondiente expediente administrativo que ilustrará al juez en un hipotético juicio sobre incapacidad permanente.

MODELO DE RECLAMACIÓN PREVIA AL INSS POR INCAPACIDAD PERMANENTE

En cuanto al escrito a presentar, no existe un modelo estándar, pero sí una serie de datos que debe incorporar: nombre, apellidos y firma de quien presenta reclamación previa y/o su representante, domicilio a efectos de notificaciones, hechos, alegaciones y petición al INSS, lugar y fecha, así como organismo al que se dirige la reclamación previa.

Un ejemplo de modelo de reclamación previa al INSS por incapacidad permanente puede ser el siguiente:

AL DIRECTOR PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL …..........................

PROVINCIA.............................

DON/DOÑA …………………....., mayor de edad, con D.N.I.  nº  ………………….; cuyas demás circunstancias personales constan en el expte. de Incapacidad Permanente de ese Organismo Ref.: ………………….; vecino de ……………………(provincia), y con domicilio para recibir citaciones y oír notificaciones a los fines de este escrito en esa ciudad, en la calle ………………. Código Postal …………; a Vd., con el debido respeto EXPONGO:

Que mediante el presente escrito formulo RECLAMACIÓN PREVIA contra la Dirección Provincial del INSS de …………………., en contra de la resolución denegatoria de declaración de Incapacidad Permanente de fecha ………… , notificada a mi persona el pasado día …………, dentro del expediente de Incapacidad Permanente nº …………, y todo ello, en base a las siguientes.

ALEGACIONES

PRIMERA. Que habiendo acudido a la vía administrativa ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de …………………, solicité que se me declarara en situación de Incapacidad Permanente, recogiéndose en el informe de valoración del Equipo de Valoración de Incapacidades el siguiente cuadro clínico:

…………………......................

SEGUNDA. Que la Dirección Provincial del INSS de …………………., previo dictamen propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de …………………. y previa tramitación del oportuno expediente de Incapacidad Permanente nº. ……… dictó resolución con fecha …………, por la cual se me deniega el reconocimiento de Incapacidad Permanente …………………..

TERCERA. Que manifiesto mi disconformidad con la valoración de las limitaciones funcionales y orgánicas que afectan a mi persona, en la mencionada resolución, considerando que impiden la mínima aptitud y capacidad exigibles para el desempeño de la actividad laboral y tareas propias de mi profesión.

Por todo ello, SOLICITO AL INNS que tenga por presentado este escrito y la documentación anexa, considere presentada en tiempo y forma y lo admita a trámite según los hechos, alegaciones y peticiones manifestadas en el mismo y proceda a dictar resolución por la que se declare la situación de Incapacidad Permanente.

Y para que así conste, firmo en …………………a fecha de ………………de 2022.

Fdo.: ………………….

ERRORES COMUNES EN LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN PREVIA AL INSS

La reclamación previa al INSS es un paso fundamental para solicitar la revisión de una denegación de incapacidad permanente. Sin embargo, muchos solicitantes cometen errores que pueden debilitar su caso o incluso provocar que sea desestimado automáticamente.

Acto seguido enumeramos los errores más comunes y cómo evitarlos:

1. Presentar la reclamación fuera de plazo

  • Error: No cumplir con el plazo legal de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución denegatoria del INSS.
  • Consecuencia: La reclamación será inadmitida automáticamente, ya que los plazos en derecho administrativo son estrictos y perentorios.
  • Cómo evitarlo:
    • Revisa la fecha de notificación de la resolución del INSS.
    • Actúa con rapidez y organiza toda la documentación necesaria antes de que expire el plazo.

2. No aportar documentación médica actualizada

  • Error: Basar la reclamación en los mismos informes médicos presentados en la solicitud inicial, sin añadir nueva evidencia que respalde el caso.
  • Consecuencia: El INSS puede considerar que no hay elementos nuevos que justifiquen un cambio en la resolución.
  • Cómo evitarlo:
    • Solicita informes médicos actualizados a los especialistas que tratan tu caso.
    • Asegúrate de que los informes incluyan un diagnóstico claro, las limitaciones funcionales y la relación directa con la incapacidad laboral.

3. No incluir argumentos legales

  • Error: Enfocar la reclamación únicamente en argumentos médicos y no citar las normativas legales que amparan el derecho a la incapacidad permanente.
  • Consecuencia: La reclamación puede carecer de la base jurídica necesaria para ser considerada de manera favorable.
  • Cómo evitarlo:
    • Apóyate en un abogado laboralista para incluir referencias a la normativa aplicable, como el Real Decreto Legislativo 8/2015, que regula la Seguridad Social.
    • Relaciona tus limitaciones funcionales con los requisitos legales para el grado de incapacidad que estás solicitando.

4. Redacción deficiente del escrito

  • Error: Presentar un escrito con errores formales, lenguaje confuso o falta de estructura.
  • Consecuencia: La reclamación puede parecer poco profesional o no reflejar adecuadamente los puntos clave del caso.
  • Cómo evitarlo:
    • Utiliza un lenguaje claro y estructurado.
    • Divide el documento en secciones: introducción, hechos, argumentos médicos, argumentos legales y solicitud final.
    • Revisa ortografía y gramática antes de presentar el escrito.

5. No detallar las limitaciones funcionales

  • Error: No explicar cómo la patología afecta a la capacidad para realizar actividades laborales o de la vida diaria.
  • Consecuencia: El INSS podría considerar que las patologías diagnosticadas no limitan suficientemente la capacidad laboral.
  • Cómo evitarlo:
    • Incluye ejemplos concretos de cómo tu condición te impide desarrollar tareas laborales específicas.
    • Relaciona estas limitaciones con las funciones de tu puesto de trabajo.

6. Omitir datos de identificación o referencia

  • Error: No incluir datos esenciales como:
    • Datos personales completos (nombre, DNI/NIE, dirección).
    • Referencia a la resolución denegatoria del INSS (número de expediente o fecha).
  • Consecuencia: La reclamación puede ser rechazada por falta de identificación adecuada.
  • Cómo evitarlo:
    • Revisa que todos los datos estén correctos antes de presentar la reclamación.
    • Adjunta una copia de la resolución del INSS.

7. No solicitar explícitamente lo que se reclama

  • Error: No especificar claramente el objetivo de la reclamación, como el reconocimiento de un grado concreto de incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez).
  • Consecuencia: El INSS podría interpretar que el solicitante no tiene una petición concreta.
  • Cómo evitarlo:
    • En la parte final del escrito, incluye una solicitud precisa, por ejemplo: “Solicito el reconocimiento de una incapacidad permanente total, con base reguladora de X euros, debido a las patologías descritas.”

8. No conservar una copia de la reclamación

  • Error: Presentar la reclamación sin quedarse con una copia sellada por el INSS o sin justificante de registro.
  • Consecuencia: En caso de pérdida o disputa, no tendrás prueba de que presentaste la reclamación en plazo.
  • Cómo evitarlo:
    • Si entregas la reclamación de forma presencial, solicita un justificante de presentación.
    • Si lo haces online, guarda el resguardo del registro electrónico.

9. No prepararse para el silencio administrativo

  • Error: No prever la posibilidad de que el INSS no responda dentro del plazo de 45 días hábiles.
  • Consecuencia: El caso se queda en espera indefinida o el solicitante no actúa a tiempo para iniciar un recurso judicial.
  • Cómo evitarlo:
    • Si no hay respuesta en 45 días, considera que la reclamación ha sido desestimada por silencio administrativo y prepara tu demanda ante el Juzgado de lo Social.

10. Falta de asesoramiento profesional

  • Error: Enfrentarse al proceso sin la ayuda de un abogado especializado en incapacidad permanente.
  • Consecuencia: La reclamación puede carecer de solidez técnica o no abordar adecuadamente los puntos críticos.
  • Cómo evitarlo:
    • Contrata a un abogado especializado en derecho laboral o Seguridad Social para maximizar tus posibilidades de éxito.

RECLAMACIÓN PREVIA EN CASO DE SILENCIO ADMINISTRATIVO

El silencio administrativo ocurre cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no responde dentro del plazo establecido para resolver una reclamación previa. En el caso de las solicitudes de incapacidad permanente, este silencio equivale a una denegación implícita de la reclamación, permitiendo al solicitante pasar a la vía judicial.

A continuación, te explicamos cómo actuar en esta situación:

1. ¿Qué es el silencio administrativo?

El silencio administrativo es la falta de respuesta por parte del INSS dentro del plazo legalmente establecido para resolver la reclamación previa.

  • Plazo para resolver: El INSS dispone de 45 días hábiles para responder a la reclamación previa desde su presentación.
  • Efecto del silencio: Si transcurren esos 45 días sin una resolución, se considera que la reclamación ha sido desestimada por silencio administrativo negativo.

2. ¿Qué implica la denegación por silencio administrativo?

Cuando el INSS no responde dentro del plazo de 45 días hábiles, el silencio administrativo tiene las siguientes implicaciones:

  • Denegación implícita: Se interpreta que el INSS rechaza la reclamación previa, aunque no emita una resolución formal.
  • Acceso a la vía judicial: Una vez agotado este plazo, el solicitante está habilitado para presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social.

3. ¿Qué hacer tras el silencio administrativo?

Si transcurre el plazo sin respuesta del INSS, el solicitante debe tomar las siguientes medidas:

  • Confirmar los plazos:
    • Calcula los 45 días hábiles desde la fecha en que presentaste la reclamación previa.
    • Recuerda que los días festivos, sábados y domingos no cuentan como días hábiles.
  • Reunir documentación para la vía judicial:
    • Prepara toda la documentación necesaria para interponer una demanda en el Juzgado de lo Social, incluyendo:
      • Copia de la resolución inicial del INSS que denegó la incapacidad permanente.
      • Justificante de presentación de la reclamación previa.
      • Informes médicos actualizados y relevantes que respalden tu caso.
    • Contactar con un abogado especializado:
      • Es recomendable contar con el apoyo de un abogado experto en incapacidad permanente para que te asesore en la preparación de la demanda judicial.

4. Plazo para presentar la demanda judicial tras el silencio administrativo

El plazo para acudir al Juzgado de lo Social es de 30 días hábiles desde el momento en que se considera desestimada la reclamación previa por silencio administrativo.

Si no se presenta la demanda dentro de este plazo, el solicitante pierde el derecho a recurrir.

5. Ventajas de recurrir tras el silencio administrativo

Aunque el silencio administrativo puede resultar frustrante, recurrir a la vía judicial tiene beneficios:

  • Revisión más exhaustiva: En el Juzgado de lo Social, el caso será revisado de manera más detallada, y se tendrán en cuenta todos los argumentos y pruebas presentados.
  • Mayor imparcialidad: Los jueces no están vinculados a las decisiones administrativas del INSS y evaluarán la situación de manera objetiva.

6. Consejos prácticos para manejar el silencio administrativo

  • Guarda el justificante de presentación de la reclamación previa: Este documento es clave para demostrar que la reclamación se presentó en tiempo y forma.
  • Mantén actualizada tu documentación médica: Aporta nuevos informes médicos que refuercen tu caso y que no hayan sido valorados previamente.
  • Consulta a un abogado desde el inicio: Un profesional especializado puede ayudarte a preparar una demanda sólida y maximizar las posibilidades de éxito.

7. Ejemplo práctico

Caso: Un trabajador solicita la incapacidad permanente total tras una lesión grave y recibe una denegación inicial del INSS. Presenta una reclamación previa el 1 de marzo y el INSS no responde en los 45 días hábiles posteriores.

  • Plazo para acudir a la vía judicial: Desde el 9 de mayo (tras el silencio administrativo), tiene hasta el 22 de junio para presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social.
  • Estrategia: El trabajador prepara nuevos informes médicos actualizados y contrata un abogado para reforzar su caso en la vía judicial.

Si necesitas guía y orientación para presentar la reclamación previa al INSS o si te han denegado la incapacidad permanente y quieres interponer demanda en la vía judicial, en Fidelitis podemos ayudarte. Recuerda, sólo cobramos si tú ganas.

Compartir en redes: