Puedo hacer deporte con una incapacidad permanente total

¿Puedo hacer deporte con una incapacidad permanente total?

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Recibir una incapacidad permanente total no significa necesariamente que haya que renunciar a la actividad física.

De hecho, muchas personas que perciben esta pensión se preguntan: ¿Puedo hacer deporte? ¿Puede el INSS quitarme la pensión si practico ejercicio? ¿Depende del tipo de deporte?

La respuesta es que sí, en muchos casos es posible hacer deporte con una incapacidad permanente total, siempre que la actividad sea compatible con las limitaciones que motivaron el reconocimiento de la pensión.

Te explicamos cuándo puede hacerse y qué precauciones conviene tener.

¿LA INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PROHÍBE HACER DEPORTE?

No.

La incapacidad permanente total impide desempeñar la profesión habitual, pero no obliga a permanecer inactivo ni prohíbe practicar ejercicio físico.

De hecho, en muchas patologías la actividad física adaptada forma parte del tratamiento o ayuda a mantener una buena calidad de vida.

Lo importante es que el deporte no contradiga las limitaciones funcionales reconocidas por el INSS.

¿DEPENDE DEL TIPO DE DEPORTE?

Sí.

No todos los deportes tienen las mismas exigencias físicas.

Por ejemplo, pueden resultar compatibles con muchas incapacidades permanentes actividades como:

  • Caminar.
  • Natación terapéutica.
  • Bicicleta estática.
  • Pilates adaptado.
  • Yoga.
  • Ejercicios de rehabilitación.
  • Senderismo de baja intensidad.

En cambio, deportes de contacto o actividades de alta intensidad podrían resultar incompatibles en determinados casos, especialmente si afectan a la misma capacidad física que motivó la incapacidad.

¿PUEDE EL INSS REVISAR MI PENSIÓN SI HAGO DEPORTE?

Sí, aunque no por el simple hecho de practicar deporte.

El INSS puede revisar una incapacidad permanente cuando existan indicios de que el beneficiario ha experimentado una mejoría o realiza actividades incompatibles con las limitaciones reconocidas.

Por ello, si una persona practica un deporte que exige un esfuerzo físico similar al de la profesión para la que obtuvo la incapacidad, el INSS podría valorar si siguen existiendo las limitaciones que justificaron la pensión.

Cada caso deberá analizarse de forma individual.

¿QUÉ TIPO DE DEPORTES PUEDEN GENERAR MÁS DUDAS?

Aunque dependerá de cada expediente, suelen generar más dudas actividades como:

  • CrossFit.
  • Halterofilia.
  • Artes marciales.
  • Fútbol de competición.
  • Running de larga distancia.
  • Deportes de contacto.
  • Escalada.
  • Triatlón.

No significa que estén prohibidos, pero sí pueden resultar difíciles de justificar si contradicen las secuelas reconocidas por el INSS.

¿Y SI EL EJERCICIO FORMA PARTE DEL TRATAMIENTO?

En ese caso, la situación cambia.

Muchos médicos recomiendan realizar ejercicio físico para mejorar determinadas patologías.

Por ejemplo:

  • Rehabilitación tras una cirugía.
  • Fortalecimiento muscular.
  • Ejercicio cardiovascular controlado.
  • Programas específicos para enfermedades reumáticas.
  • Actividad física adaptada en trastornos de salud mental.

Cuando el deporte forma parte del tratamiento pautado por un profesional sanitario, suele resultar más sencillo acreditar que su finalidad es terapéutica.

¿PUEDE UTILIZARSE EL DEPORTE COMO PRUEBA PARA QUITAR LA INCAPACIDAD?

Dependerá de las circunstancias.

Si el INSS aprecia que la actividad deportiva demuestra una capacidad física incompatible con las limitaciones que justificaron la incapacidad permanente, podría iniciar un procedimiento de revisión.

Sin embargo, no basta con practicar deporte para perder la pensión.

Será necesario valorar:

  • El tipo de actividad.
  • Su intensidad.
  • La frecuencia con la que se realiza.
  • La enfermedad o lesión que originó la incapacidad.
  • La profesión habitual del beneficiario.

¿QUÉ OCURRE SI PUBLICO MIS ENTRENAMIENTOS EN REDES SOCIALES?

Es una cuestión que conviene valorar con prudencia.

Las publicaciones en redes sociales pueden llegar a utilizarse como elemento de prueba en determinados procedimientos administrativos o judiciales.

Si las imágenes o vídeos muestran actividades que parecen incompatibles con las limitaciones reconocidas, el INSS podría solicitar una revisión o analizar el caso con mayor detalle.

Por ello, es recomendable actuar siempre con coherencia respecto a la situación médica acreditada.

¿QUÉ RECOMENDACIONES DEBO SEGUIR?

Si tienes una incapacidad permanente total y quieres practicar deporte, es aconsejable:

  • Consultar previamente con el médico.
  • Elegir actividades adaptadas a tus limitaciones.
  • Evitar ejercicios que puedan agravar las lesiones.
  • Conservar los informes médicos que recomienden la actividad física.
  • Solicitar asesoramiento si tienes dudas sobre la compatibilidad.

La finalidad del ejercicio debe ser mejorar la salud, no poner en cuestión la incapacidad reconocida.

Entonces, sí es posible hacer deporte con una incapacidad permanente total, siempre que la actividad sea compatible con las limitaciones funcionales que motivaron el reconocimiento de la pensión. Lo verdaderamente importante no es practicar deporte, sino que esa actividad no contradiga las secuelas valoradas por el INSS ni evidencie una capacidad laboral incompatible con el grado de incapacidad reconocido. Ante cualquier duda, conviene consultar con un profesional antes de iniciar una actividad física exigente.

Puedo hacer deporte con una incapacidad permanente total

Si tienes una incapacidad permanente total y quieres saber si una actividad deportiva o un nuevo trabajo puede afectar a tu pensión, en Fidelitis podemos estudiar tu caso y ofrecerte un asesoramiento personalizado para que actúes con seguridad y protejas tus derechos.

Revisado jurídicamente por Sofía Cabeza Fernández

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