El silencio administrativo es una figura jurídica que se produce cuando la Administración no responde dentro del plazo legal a una solicitud presentada por un ciudadano.
Pero la gran pregunta es: ¿ese silencio juega a tu favor o en tu contra?
La respuesta es: depende del procedimiento.
En algunos casos, el silencio es positivo (se entiende concedido lo solicitado). En otros, es negativo (se entiende desestimado). Y en materia de incapacidad permanente esto es especialmente relevante.
QUÉ ES EL SILENCIO ADMINISTRATIVO
El silencio administrativo es un mecanismo previsto en la Ley para evitar que la Administración bloquee indefinidamente los derechos de los ciudadanos por no resolver.
Si pasa el plazo legal sin respuesta:
- Se produce un efecto jurídico automático.
- No es un simple “no contestar”: tiene consecuencias legales.
SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO
El silencio es positivo cuando:
- La Administración no responde dentro del plazo.
- Se entiende que tu solicitud ha sido estimada.
Es decir:
- El silencio equivale a una aprobación.
Es frecuente en procedimientos de autorización, licencias o determinadas solicitudes administrativas.
SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO
El silencio es negativo cuando:
- La Administración no responde en plazo.
- Se entiende que tu solicitud ha sido desestimada.
En este caso:
- El silencio equivale a una denegación presunta.
Y aquí es donde entran muchos procedimientos ante el INSS.
¿QUÉ OCURRE EN LA INCAPACIDAD PERMANENTE?
En materia de incapacidad permanente, el silencio administrativo es negativo.
Si presentas una solicitud de incapacidad permanente y el INSS no resuelve dentro del plazo (generalmente 135 días):
- Se entiende desestimada por silencio administrativo.
- Puedes presentar reclamación previa.
- Se abre la vía judicial.
Es decir, el silencio no significa que te la hayan concedido.
¿POR QUÉ EL SILENCIO ES NEGATIVO EN ESTOS CASOS?
Porque la ley considera que en procedimientos que afectan al gasto público (como pensiones), el silencio no puede implicar concesión automática.
Por lo tanto:
- No se puede adquirir una pensión solo porque el INSS no responda.
- Es necesario resolución expresa o sentencia judicial.
PLAZOS IMPORTANTES
En incapacidad permanente:
- El INSS tiene un plazo máximo aproximado de 135 días para resolver.
- Si no lo hace, se produce silencio negativo.
- A partir de ahí puedes presentar reclamación previa en 30 días.
No esperar a que “ya contestarán” es clave para no perder plazos.
OTROS PROCEDIMIENTOS DONDE EL SILENCIO ES DISTINTO
En otras materias:
- Licencias municipales → suele ser positivo (con excepciones).
- Reclamaciones de responsabilidad patrimonial → suele ser negativo.
- Determinación de contingencia → normalmente negativo.
- Reclamaciones ante el SEPE → generalmente negativo.
Cada procedimiento tiene su régimen específico.
ERROR FRECUENTE
Uno de los errores más habituales es pensar: “Como no me han contestado, me lo han concedido”.
En materia de pensiones o prestaciones, casi nunca funciona así.
¿QUÉ DEBES HACER SI HAY SILENCIO ADMINISTRATIVO?
Si ha pasado el plazo legal y no tienes respuesta:
- Comprueba la fecha exacta de tu solicitud.
- Calcula el vencimiento del plazo.
- Presenta reclamación previa si procede.
- Consulta con un abogado especializado antes de dejar pasar el tiempo.
El silencio abre la puerta a la vía judicial, pero no sustituye la resolución.
En resumen, el silencio administrativo puede ser positivo o negativo, pero en materia de incapacidad permanente y prestaciones del INSS, es negativo.
Eso significa que:
- No concede derechos automáticamente.
- Activa la posibilidad de reclamar.
- Exige actuar dentro de plazo.
Si has solicitado una incapacidad permanente y el INSS no te ha contestado en plazo, en Fidelitis podemos ayudarte a:
- Calcular correctamente los plazos.
- Presentar reclamación previa.
- Preparar demanda judicial si procede.
- Defender tu derecho ante el juzgado.
Analizamos tu caso sin compromiso. Solo cobramos si tú ganas.
Revisado jurídicamente por Lucian Eduard Bighiu

