Altas progresivas tras la baja médica

Altas progresivas tras la baja médica: 30 días con salario y prestación

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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha presentado una propuesta pionera para facilitar la reincorporación laboral tras una baja médica prolongada. Esta medida, conocida como “alta progresiva”, busca atender especialmente a quienes han pasado más de seis meses fuera del trabajo debido a patologías graves, como enfermedades oncológicas.

Desde Fidelitis analizamos esta medida y sus posibles implicaciones para la protección de los derechos de los trabajadores.

Altas progresivas tras la baja médica

¿QUÉ SON LAS “ALTAS PROGRESIVAS”?

Se trata de un nuevo modelo de reincorporación gradual al trabajo tras el alta médica, aplicable a trabajadores que hayan estado de baja durante más de 180 días. La propuesta plantea un período de transición de hasta 30 días, en el que el trabajador:

  • Trabajará el 50% de su jornada habitual.
  • Recibirá la parte proporcional de su salario.
  • Mantendrá el 50% de la prestación por incapacidad temporal por la media jornada restante.

Este modelo se aplicará únicamente a quienes tengan una jornada completa o una jornada parcial de al menos el 80%.

¿A QUIÉN BENEFICIARÍA ESTA MEDIDA?

Aunque el documento no especifica qué enfermedades estarían incluidas, se menciona expresamente la intención de cubrir a personas con patologías de recuperación compleja, como el cáncer, a propuesta de asociaciones de pacientes.

También responde a una demanda social: facilitar una vuelta al trabajo segura, gradual y con acompañamiento económico, evitando que el alta médica suponga un corte brusco en los ingresos y responsabilidades laborales.

¿Y SI TENGO MÁS DE UN EMPLEO?

Otra de las novedades del borrador es la posibilidad de compatibilizar una baja con el ejercicio parcial de otra actividad, en casos de pluriempleo o pluriactividad.

Por ejemplo, si un trabajador tiene dos empleos y su lesión le impide seguir en uno de ellos, pero no en el otro, el médico podría permitir que continúe desarrollando la actividad compatible.

Esto puede aplicarse:

  • Desde el inicio del proceso (baja médica solo para una actividad).
  • Durante la evolución (alta médica para una actividad pero no para otra).

CAMBIOS EN LA GESTIÓN DE LAS BAJAS

La propuesta también incluye reformas organizativas importantes:

  • Las mutuas podrán proponer el alta en casos de baja por enfermedad común de más de un año, lo que hasta ahora correspondía solo al INSS.
  • También podrán plantear iniciar expedientes de incapacidad permanente.
  • Se crearán Equipos de Valoración de Incapacidades centralizados para agilizar trámites y reducir la carga de trabajo de las oficinas provinciales.
  • El sistema sanitario deberá informar con antelación cuando un trabajador se aproxime a los 365 días de baja, para coordinar posibles valoraciones.

OPINIONES ENFRENTADAS

Mientras que el Ministerio considera que esta medida puede mejorar la recuperación de los trabajadores y reducir el absentismo, los sindicatos han mostrado reticencias.

Critican que el documento no concreta bien los supuestos médicos ni los límites legales, y temen que pueda suponer una puerta trasera para recortar derechos o presionar al trabajador para reincorporarse sin estar completamente recuperado.

¿QUÉ OPINAMOS EN FIDELITIS?

Desde Fidelitis consideramos que toda medida orientada a humanizar la vuelta al trabajo tras una baja debe cumplir con dos principios fundamentales:

  1. Voluntariedad y valoración clínica real: ningún trabajador debe reincorporarse por presión o sin estar en condiciones físicas y mentales adecuadas.
  2. Garantía de derechos: la reincorporación gradual debe mejorar la protección, no reducirla.

Además, habrá que estar atentos a cómo se aplican estas medidas y qué papel jugarán las mutuas, ya que un uso excesivamente automático o economicista de estas herramientas podría perjudicar a los pacientes.

En resumen, la figura del alta progresiva es un paso importante en la modernización del sistema de incapacidad temporal, pero necesita mayor definición, seguridad jurídica y vigilancia sindical. Si se aplica correctamente, puede facilitar la recuperación y el retorno saludable al empleo; si se impone sin garantías, puede generar nuevas tensiones.

En Fidelitis seguiremos informando de cualquier avance normativo y defendiendo los derechos de las personas enfermas o con discapacidad en el proceso de reincorporación al trabajo.

¿Has estado de baja médica y no sabes si estás preparado para volver? ¿Te preocupa cómo puede afectarte esta nueva normativa? Nuestro equipo legal puede ayudarte.

 

Revisado jurídicamente por Lucian Eduard Bighiu

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