Reclamaciones por gastos adelantados en dependencia

El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los herederos de un dependiente fallecido sin recibir la prestación a reclamar los gastos adelantados

El Tribunal Supremo de España ha emitido una sentencia que representa un hito significativo en el ámbito de la dependencia y los derechos de los herederos. La reciente sentencia del 4 de abril de 2024 abre la puerta a que los herederos puedan reclamar los gastos adelantados si fallece el solicitante de la dependencia sin que se haya resuelto su expediente. Esta decisión tiene implicaciones profundas para miles de familias que han soportado cargas económicas significativas en espera de una resolución administrativa.

ANTECEDENTES DEL CASO

El caso tiene su origen en Andalucía, donde una mujer que padecía una grave situación de dependencia había solicitado el reconocimiento de su situación de dependencia y las prestaciones correspondientes en julio de 2017.

A pesar de la urgencia de su situación, la administración no aprobó el Programa Individual de Atención (PIA) antes de su fallecimiento en marzo de 2019. Este retraso dejó a su familia, particularmente a su hija, en una situación de incertidumbre y carga económica, pues tuvieron que asumir los costes de su cuidado en una residencia privada.

Antecedentes de hecho, sentencia

LA SENTENCIA Y SUS IMPLICACIONES

La sentencia del Tribunal Supremo afirma que los derechos derivados del reconocimiento de la situación de dependencia no se extinguen necesariamente con el fallecimiento del solicitante si hay una dilación administrativa indebida.

En este sentido, establece que los herederos tienen derecho a que se concluya el procedimiento administrativo, incluso después del fallecimiento del dependiente, y a reclamar los gastos adelantados que habrían sido cubiertos por las prestaciones si el PIA se hubiera aprobado en tiempo.

El Tribunal Supremo argumenta que, aunque las prestaciones en sí son personalísimas y se extinguen con el fallecimiento del beneficiario, los herederos pueden tener derecho a un crédito si han asumido los costes del cuidado que debieron ser cubiertos por las prestaciones no otorgadas a tiempo debido a la dilación administrativa.

Implicaciones de la sentencia

¿QUÉ SIGNIFICA ESTO PARA LOS HEREDEROS?

Esta sentencia es una victoria significativa para los herederos de personas dependientes que fallecen esperando la resolución de sus expedientes de dependencia. Les permite:

  • Reclamar gastos adelantados: Los herederos pueden solicitar la devolución de los gastos que adelantaron para cubrir el cuidado del dependiente.
  • Finalización del procedimiento: Garantiza que el procedimiento administrativo se concluya para determinar las prestaciones que habrían correspondido, con efectos retroactivos a la fecha de la solicitud original.
  • Protección de derechos económicos: Afirma que los derechos económicos generados antes del fallecimiento son transmisibles a los herederos.

PASOS A SEGUIR

Para aquellos que se encuentren en una situación similar, es crucial actuar rápidamente y con asesoramiento legal adecuado. Aquí hay algunos pasos a considerar:

  • Reunir documentación: Recopilar toda la documentación relacionada con los gastos incurridos y la correspondencia con la administración.
  • Asesoría legal: Consultar con un despacho de abogados especializado en derecho de la dependencia y procedimientos administrativos.
  • Presentar reclamación: Iniciar los procedimientos legales pertinentes para reclamar los gastos adelantados y finalizar el expediente administrativo.

En Fidelitis estamos comprometidos a defender los derechos de nuestros clientes en situaciones de dependencia y garantizar que reciban las prestaciones a las que tienen derecho. Si tú o su familia te encuentras en una situación similar, no dudes en contactarnos para obtener el apoyo y asesoramiento que necesitas.

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