Finiquito por baja voluntaria: qué es y cómo se calcula

Finiquito por baja voluntaria: qué es y cómo se calcula

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Cuando un trabajador decide dimitir o causar baja voluntaria en una empresa, tiene derecho a recibir su finiquito, aunque no se trate de un despido. Muchas personas piensan que al renunciar no les corresponde ninguna cantidad, pero lo cierto es que la empresa debe abonar todo lo que se haya generado hasta el último día trabajado.

En este artículo de Fidelitis te explicamos qué incluye el finiquito en una baja voluntaria, cómo se calcula y cuáles son tus derechos.

Finiquito por baja voluntaria: qué es y cómo se calcula

¿QUÉ ES EL FINIQUITO?

El finiquito es un documento que refleja todas las cantidades que la empresa debe abonar al trabajador al finalizar la relación laboral, ya sea por despido, fin de contrato o baja voluntaria.

Este documento debe incluir:

  • Salario pendiente de los días trabajados ese mes.
  • Parte proporcional de las pagas extraordinarias (si no están prorrateadas).
  • Vacaciones no disfrutadas.
  • Otros conceptos pendientes (horas extra, pluses, bonus, etc.).

¿TENGO DERECHO A FINIQUITO SI ME DOY DE BAJA VOLUNTARIA?

Sí. La baja voluntaria no exime a la empresa de pagar el finiquito. Aunque el trabajador renuncie por decisión propia, tiene derecho a recibir todas las cantidades devengadas hasta su último día de trabajo.

Lo que no tiene derecho a cobrar en este caso es una indemnización, ya que no se trata de un despido. El finiquito no es una indemnización, es un pago obligatorio por conceptos ya generados.

Diferencia entre finiquito e indemnización

  • Finiquito = pago de salarios y conceptos ya devengados.
  • Indemnización = compensación por extinción del contrato no voluntaria (despido, fin de obra, etc.).

En la baja voluntaria no hay indemnización, pero sí debe abonarse el finiquito completo.

¿QUÉ INCLUYE EL FINIQUITO POR BAJA VOLUNTARIA?

En una baja voluntaria, el finiquito suele incluir los siguientes conceptos:

  • Salario pendiente del mes
    • El trabajador tiene derecho a cobrar los días trabajados del mes en curso hasta su fecha de baja.
  • Parte proporcional de las pagas extra
    • Si las pagas extraordinarias no están prorrateadas en la nómina mensual, deben abonarse proporcionalmente al tiempo trabajado desde la última paga.
  • Vacaciones no disfrutadas
    • Si el trabajador no ha disfrutado todos los días de vacaciones correspondientes, la empresa debe pagar los días pendientes de forma proporcional al tiempo trabajado ese año.
  • Otros conceptos
    • Se incluirán también horas extras pendientes, comisiones devengadas, dietas o pluses, si están reconocidos en el contrato o el convenio colectivo.

¿CÓMO SE CALCULA EL FINIQUITO?

Veamos un ejemplo práctico paso a paso:

Ejemplo:

  • Salario mensual bruto: 1.500 €
  • Fecha de baja voluntaria: 10 de junio
  • Pagas extra no prorrateadas
  • Ha disfrutado solo 5 días de vacaciones en el año
  • Tiene derecho a 30 días anuales de vacaciones

1. Salario del mes de junio (10 días)

1.500 € ÷ 30 días = 50 €/día

50 € × 10 días = 500 €

2. Parte proporcional de pagas extra

Dos pagas al año (junio y diciembre):

1.500 € × 2 = 3.000 €/año

3.000 € ÷ 365 días = 8,22 €/día

8,22 € × 160 días trabajados = 1.315,20 €

3. Vacaciones no disfrutadas

Ha disfrutado 5 días de 15 generados hasta junio:

Le corresponden 10 días pendientes

1.500 € ÷ 30 días = 50 €/día

50 € × 10 días = 500 €

Total finiquito:

500 € (salario) + 1.315,20 € (pagas extra) + 500 € (vacaciones) = 2.315,20 € brutos

¿CUÁNDO SE PAGA EL FINIQUITO?

El finiquito debe entregarse y abonarse el mismo día en que finaliza la relación laboral, o en los días siguientes si así se acuerda. Si la empresa no lo paga en tiempo y forma, el trabajador puede reclamarlo vía judicial o administrativa.

¿HAY QUE AVISAR CON ANTELACIÓN EN LA BAJA VOLUNTARIA?

Sí. Según el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo aplicable, el trabajador debe avisar con el plazo de preaviso establecido, que suele ser de 15 días naturales.

No hacerlo puede suponer que la empresa descuente del finiquito los días no preavisados. Por eso es recomendable comunicar la baja por escrito y respetando los plazos.

¿TENGO QUE FIRMAR EL FINIQUITO?

La firma del finiquito no implica necesariamente que estés de acuerdo con su contenido. Si tienes dudas, puedes firmar con la expresión:

“No conforme”

Esto te permite revisarlo más adelante o reclamar si detectas errores o cantidades mal calculadas.

¿Qué pasa si firmo el finiquito sin revisar?

Firmar el finiquito sin revisar puede suponer la renuncia implícita a reclamar. Aunque legalmente puedes reclamar cantidades mal abonadas, firmar “conforme” dificulta la reclamación posterior.

Consejo: firma siempre con un “No conforme” si tienes dudas, y solicita una copia del documento.

¿SE PUEDE EXIGIR UN DESGLOSE DEL FINIQUITO?

Sí. Tienes derecho a solicitar un detalle de todos los conceptos incluidos en el finiquito: días trabajados, vacaciones, pagas extra, bonus, etc. Si no lo recibes, puedes reclamarlo por escrito.

¿PUEDO IMPUGNAR EL FINIQUITO SI DETECTO UN ERROR?

Sí. Aunque hayas firmado, puedes reclamar lo que te corresponda si se demuestra que el finiquito no incluye algún concepto debido. El plazo general para reclamar es de 1 año desde la finalización del contrato.

¿HAY FINIQUITO SI TE RECONOCEN UNA INCAPACIDAD PERMANENTE?

Sí. Cuando un trabajador es declarado en situación de incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez) y cesa su actividad laboral, tiene derecho a percibir su finiquito, al igual que en cualquier otra finalización de contrato.

Este finiquito debe incluir:

  • Salario devengado hasta la fecha de baja definitiva.
  • Parte proporcional de pagas extraordinarias (si no están prorrateadas).
  • Vacaciones no disfrutadas.
  • Otros conceptos pendientes: horas extra, incentivos, pluses u otros complementos reconocidos.

Importante: No se incluye una indemnización obligatoria por el hecho de pasar a situación de incapacidad, salvo que lo reconozca el convenio colectivo o haya una cláusula en el contrato. Algunos convenios, no obstante, sí prevén una indemnización adicional en caso de incapacidad.

Más información sobre el finiquito por incapacidad permanente.

Además, si la relación laboral se extingue por reconocimiento de una incapacidad, la empresa debe comunicarlo al trabajador y darle de baja en la Seguridad Social, con su correspondiente liquidación y finiquito.

En conclusión, si causas baja voluntaria, tienes derecho a recibir tu finiquito con todas las cantidades pendientes: salario, pagas extra y vacaciones. Aunque no hay indemnización, el finiquito es un derecho que puedes y debes reclamar.

En Fidelitis te ayudamos a calcular tu finiquito, revisar si la empresa te ha pagado lo justo, y reclamar si hay errores o impagos. Contacta con nosotros si necesitas ayuda legal o laboral en este proceso.

Revisado jurídicamente por Lucian Eduard Bighiu

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