¿Cuál es la diferencia entre abogado y procurador?

¿Cuál es la diferencia entre abogado y procurador?

Muchos clientes nos preguntan cuál es la diferencia entre un abogado y un procurador, y cuándo es necesario contratar a uno u otro, o si pueden trabajar en equipo. Debido a que ambos son profesionales del Derecho, hay mucha confusión sobre a qué se dedica cada uno, si tienen las mismas competencias o no. En este artículo te vamos a explicar qué funciones tiene cada uno de ellos para que elijas al profesional más indicado para tu defensa.

La principal diferencia entre un abogado y un procurador es que, mientras que el abogado ejerce la defensa de su cliente, el procurador se encarga de la representación; es decir, de poner en orden toda la documentación del juicio y de llevar las notificaciones a ambas partes.

El procurador recibe las comunicaciones del juzgado y se las entrega al abogado, y del mismo modo recibe los documentos del abogado y los entrega al juzgado. Cumple un papel importante porque ayuda a agilizar las actuaciones judiciales.

FUNCIONES DE UN ABOGADO

Un abogado es un profesional que está autorizado para proporcionar asesoramiento legal y representación en procedimientos judiciales y administrativos. Se encarga asimismo de preparar argumentos y documentos legales, comparecer ante los tribunales y llevar a cabo negociaciones en nombre de sus clientes. Además de la representación legal, también actúa como asesor y representante frente a organismos públicos y entidades.

Puede asesorar a su cliente en la negociación de un contrato, en una reclamación, en la resolución de un conflicto o en la redacción de un testamento o capitulaciones matrimoniales.

FUNCIONES DE UN PROCURADOR

Un procurador es un licenciado en Derecho especializado en el procedimiento judicial (o, lo que es lo mismo, en el Derecho Procesal) que representa a su cliente ante el juzgado.

En calidad de representante, es quien recibe las notificaciones del juzgado referidas al procedimiento y quien presenta también los escritos. El procurador colabora con los órganos jurisdiccionales para toda la tramitación en la que tenga que notificar o citar a las partes del juicio y se responsabiliza de la firma de los trámites, citaciones y notificaciones. Por lo tanto, se trata de un intermediario entre juzgado, abogado y cliente.

Aunque también puede publicar edictos y anuncios oficiales en los Boletines, periódicos, etc., las funciones del procurador son más limitadas que las del abogado, ya que se mueven dentro de un margen mucho más estrecho.

El procurador es obligatorio en todos los procedimientos de la jurisdicción civil, con estas excepciones:

  • Juicios verbales cuya cuantía sea inferior a 2.000 euros.
  • En la petición inicial de los procedimientos monitorios.
  • Escritos en los que se solicita la adopción de medidas urgentes con anterioridad al juicio o la suspensión de vistas y actuaciones.
  • Juicios universales, cuando la comparecencia se limite a presentar títulos de crédito o derechos, o para concurrir a juntas.
  • Incidentes relativos a impugnación de resoluciones en materia de asistencia jurídica gratuita.

En vía penal es obligado acudir con procurador en el caso de que se presente querella. Cuando nosotros somos los denunciantes, sólo será necesario si queremos intervenir en la causa como perjudicados. Si, por el contrario, somos los querellados o denunciados, según recoge el artículo 784 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sólo será necesario procurador cuando se produzca la apertura de juicio oral.

En la vía contencioso-administrativa será necesario el procurador cuando la cuantía del juicio supere los 30.000 € o se desarrolle ante un órgano colegiado.

Para que se considere que un procurador representa adecuadamente a su cliente, es necesario que se le otorgue un poder, que puede ser notarial o bien mediante lo que se conoce como “comparecencia apud acta”.

En el primer caso hay que acudir a una notaría y solicitar el otorgamiento de "un poder general para pleitos". Pero no te preocupes, de esto se encargarían nuestros abogados.

El apoderamiento apud acta se realiza directamente ante el juzgado o tribunal donde se lleva a cabo el procedimiento. Esta forma de otorgar nuestra representación al procurador tiene la ventaja de que no tiene ningún coste, pero tenemos la obligación de realizarla en la fecha o plazo que nos indique el Juzgado.

DIFERENCIAS ENTRE ABOGADO Y PROCURADOR

Dicho de forma resumida, el procurador representa y el abogado asesora y defiende al cliente. Ambas profesiones son incompatibles entre sí, de tal manera que no pueden sustituirse ni intercambiar funciones.

Por ejemplo, el procurador nunca puede llevar a cabo el interrogatorio de los testigos ni formular las conclusiones, en tanto que el abogado no puede suplir la ausencia del procurador en una vista en representación de su cliente.

En términos generales, el papel de un abogado es más amplio y abarca una gama más amplia de responsabilidades legales que el de un procurador.

Al contrario de lo que sucede con los abogados, los procuradores suelen moverse en una demarcación judicial muy específica, por lo que debemos tener en cuenta que el profesional designado pueda actuar en el juzgado o tribunal al que pretendamos acudir.

¿NECESITO UN ABOGADO O PROCURADOR?

Para cualquier asesoramiento legal que necesites de cara a conocer tus derechos y obligaciones es fundamental que cuentes con la figura de un buen abogado, ya sea para reclamar una indemnización o para solicitar una pensión de incapacidad permanente o para cualquier otro asunto que requiera de una mediación legal, el abogado es la mejor solución.

La realidad es que las personas que cuentan con la representación legal de un abogado tienen muchas más posibilidades de conseguir un veredicto favorable. Y es que el abogado es la mejor manera de proteger tus intereses frente a terceros, incluso frente a organismos públicos como la Seguridad Social.

En Fidelitis ponemos a tu disposición procuradores que se encarguen de entregar y recoger los documentos y notificaciones de los juzgados, haciéndoselos llegar a nuestros abogados expertos para que asesoren y definan la estrategia de defensa más beneficiosa para ti. Además, en juicios del ámbito laboral no te cobramos las costas en concepto de procurador.

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