El Tribunal Constitucional dictamina indemnizar a una mujer que se vio obligada a desplazarse a otra Comunidad para abortar

El Tribunal Constitucional dictamina indemnizar a una mujer que se vio obligada a desplazarse a otra Comunidad para abortar

El Tribunal Constitucional ha dictado indemnizar a una mujer que en 2014 tuvo que desplazarse de Murcia a Madrid para abortar a los seis meses de gestación porque el hospital público que seguía su embarazo no quiso practicarle la interrupción del embarazo.

El Constitucional, que ha estimado su recurso de amparo, establece en la sentencia que el Servicio Murciano de Salud vulneró el derecho de la mujer a la interrupción voluntaria del embarazo, que "forma parte del derecho a la integridad física y moral" por obligarla a desplazarse 400 kilómetros por sus propios medios para abortar.

De este modo, para todas estas mujeres que se ven obligadas a viajar a otra Comunidad para abortar, el Tribunal Constitucional acaba de abrir una puerta para que reciban una indemnización.

El Alto Tribunal ha dictaminado que obligar a practicar un aborto en una Comunidad Autónoma distinta a la de residencia vulnera los derechos fundamentales de la mujer. La sentencia estima que se trata de salvaguardar "que la mujer que va a interrumpir el embarazo, que se encuentra en una situación de vulnerabilidad física y emocional, no salga de su entorno habitual y pueda contar con los apoyos de sus allegados para hacer frente a esta difícil situación del modo menos traumático posible".

EL ABORTO EN ESPAÑA EN NÚMEROS

Pero el caso de Antonia, cuyo feto además había heredado una afección congénita llamada agenesia del cuerpo calloso parcial, una de las llamadas enfermedades raras, no es una excepción. Cada año, miles de mujeres se ven obligadas a viajar fuera de su provincia para abortar.

En 2021, al menos 4.154 se sometieron a una interrupción voluntaria del embarazo y residían en una de las 12 provincias (además de Ceuta y Melilla) donde no se practicaba, según el último informe del Ministerio de Sanidad.

Entre 2011 y 2021 abortaron en España alrededor de 90.000 mujeres, y al menos 45.000 de ellas fueron forzadas a desplazarse de su localidad de residencia. Hay 11 provincias donde no se ha notificado ningún aborto. Oficialmente, ninguna mujer ha podido someterse a ello en Zamora, Palencia, Huesca, Teruel, Cuenca, Guadalajara, Soria, Segovia, Toledo y Cáceres.

Desde que entró en vigor la Ley del Aborto de Zapatero en 2010, poco más del 15% de los abortos se han realizado en la Sanidad Pública. De esas 90.000 mujeres que solicitaron abortar entre 2011 y 2021, apenas 14.000 pudieron hacerlo a través del Servicio Público de Salud.

LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

El fallo del TC es claro y asegura que los servicios sanitarios públicos no pueden hacer viajar a una mujer fuera para abortar si no existen "motivos excepcionales que lo justifiquen".

De este modo revoca la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que encontró justificada la decisión porque ningún facultativo murciano había pedido practicar abortos.

A juicio del Constitucional, eso no puede eximirles, y únicamente serviría si hubieran ejercido su derecho a la objeción de conciencia anticipadamente y por escrito, como exige la ley, lo que en el caso enjuiciado no quedó acreditado.

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