Una de las preguntas más habituales tras obtener una incapacidad permanente es cuándo se empieza a cobrar la pensión.
La respuesta depende de varios factores, como el momento en que se reconoce la incapacidad, el tipo de procedimiento y si existe o no una baja médica previa. Sin embargo, existen reglas generales que permiten saber cuándo se cobra el primer pago.
CUÁNDO NACE EL DERECHO A LA PENSIÓN
El derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente comienza desde la fecha de efectos económicos que establece la resolución del INSS.
Esta fecha suele coincidir con uno de estos momentos:
- El día siguiente al alta médica tras una incapacidad temporal.
- La fecha fijada en la resolución administrativa.
- La fecha determinada por una sentencia judicial si el reconocimiento llega por vía judicial.
Por lo tanto, aunque el pago pueda retrasarse algunas semanas, la pensión se genera desde la fecha de efectos reconocida.
CUÁNDO SE COBRA REALMENTE EL PRIMER PAGO
Las pensiones de incapacidad permanente se abonan normalmente a mes vencido, es decir, el pago corresponde al mes anterior.
El primer pago suele producirse entre uno y dos meses después de la resolución, dependiendo del momento en que se tramiten los pagos en la Seguridad Social.
Por ejemplo:
- Si la resolución se dicta en marzo
- El primer pago podría recibirse a finales de abril o principios de mayo.
PAGO CON ATRASOS
Cuando el pago se retrasa respecto a la fecha de efectos económicos, el beneficiario recibe los atrasos correspondientes.
Esto significa que en el primer ingreso se pueden cobrar:
- El mes actual de pensión.
- Los meses anteriores generados desde la fecha de efectos.
En muchos casos, el primer pago es superior a la mensualidad habitual porque incluye esos atrasos.
CÓMO SE PAGAN LAS PENSIONES
Las pensiones de incapacidad permanente se abonan:
- Mensualmente mediante transferencia bancaria.
- Generalmente en 14 pagas al año (12 mensualidades más dos pagas extra en junio y noviembre).
No obstante, cuando la incapacidad deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la pensión suele pagarse en 12 mensualidades con las pagas extra prorrateadas.
QUÉ OCURRE SI LA INCAPACIDAD SE RECONOCE POR SENTENCIA
Si la incapacidad se obtiene tras un juicio, el pago puede incluir atrasos de varios meses o incluso años.
En estos casos:
- La sentencia fija la fecha de efectos económicos.
- El INSS debe abonar todas las cantidades generadas desde esa fecha.
Por eso, el primer pago tras una sentencia suele ser más elevado.
QUÉ HACER SI EL PAGO SE RETRASA
Si la pensión ya ha sido reconocida pero no se ha recibido el primer ingreso, conviene:
- Comprobar la fecha de efectos de la resolución.
- Revisar si la resolución ya es firme.
- Consultar con la Seguridad Social o con un asesor jurídico.
En ocasiones el retraso se debe simplemente a los ciclos administrativos de pago.
Resumiendo, el primer pago de la pensión de incapacidad permanente suele recibirse entre uno y dos meses después de la resolución, aunque el derecho económico se genera desde la fecha fijada por el INSS. Por ello, el primer ingreso suele incluir los atrasos correspondientes, lo que explica que muchas veces sea mayor que las mensualidades posteriores.
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Revisado jurídicamente por Lucian Eduard Bighiu

