Síndrome de Fatiga Crónica e Incapacidad Permanente

¿Pueden darme una incapacidad permanente por fatiga crónica?

Son muchas las personas afectadas por la Covid persistente que, entre otros muchos síntomas, experimentan el llamado Síndrome de Fatiga Crónica. Pero esta enfermedad ya existía antes de la pandemia, que lo que hizo fue darle mayor visibilidad. En este artículo vamos a explicarte en qué consiste este síndrome, qué repercusiones tiene en la vida diaria de quienes la padecen y si es posible conseguir una incapacidad permanente.

QUÉ ES EL SÍNDROME DE FATIGA CRÓNICA

El Síndrome de Fatiga Crónica (SFC) es un trastorno complejo que se caracteriza por fatiga extrema a pequeños esfuerzos tanto físicos como mentales que resulta claramente invalidante para el paciente. Esta condición médica también se conoce como encefalomielitis miálgica o enfermedad sistémica por intolerancia al esfuerzo.

Para hablar de fatiga crónica debe durar al menos seis meses y no poder explicarse por completo por una afección médica subyacente. Se puede presentar a cualquier edad, pero es más común en quienes tienen entre 40 y 60 años, con mayor prevalencia en mujeres.

Algunos expertos creen que el síndrome de fatiga crónica puede desencadenarse por una combinación de factores que van desde las infecciones virales al estrés psicológico, aunque su causa se desconoce.

Los síntomas del síndrome de fatiga crónica pueden incluir:

  • Fatiga severa que no mejora con el descanso.
  • Problemas de memoria o concentración.
  • Mareos que empeoran al pasar de estar acostado o sentado a estar de pie.
  • Sueño no reparador.
  • Dolor muscular o articular sin explicación.
  • Dolores de cabeza o de garganta.
  • Agrandamiento de los ganglios linfáticos del cuello o las axilas.

El síndrome de fatiga crónica puede ser impredecible y sus síntomas aparecer y desaparecer de un día para otro.

El SFC ocasiona una gran incapacidad para la vida laboral y social. Casi una de cada 4 personas se ven tan incapacitadas que no pueden levantarse de la cama o salir de su casa.

No existe ningún marcador diagnóstico ni ninguna prueba médica específica (a menudo el diagnóstico se basa en el descarte de otras causas posibles), y además otras enfermedades pueden provocar síntomas similares. Tampoco hay disponible ningún tratamiento curativo, aunque la terapia cognitiva conductual, el ejercicio físico y el tratamiento farmacológico ayudan a la mejoría sintomática.

Es precisamente la dificultad de un diagnóstico preciso lo que hace más complicado obtener el reconocimiento de un grado de incapacidad.

SÍNDROME DE FATIGA CRÓNICA E INCAPACIDAD PERMANENTE

En los últimos años la jurisprudencia española ha empezado a conceder incapacidad permanente por fatiga crónica, dolor neuropático o fibromialgia, una reivindicación que viene de antaño, pues este tipo de dolencias afectan al 5% de la población, y en el 20% de los casos diagnosticados los enfermos se ven incapacitados para desempeñar su trabajo.

No obstante, hasta hace poco era muy complicado demostrar la existencia de este tipo de patologías y hasta qué punto merman la capacidad de realizar su actividad laboral a quienes las padecen.

Incluso hoy en día sigue siendo muy complejo acreditar este tipo de dolencias, ya que la mayoría de los síntomas no son mesurables de forma objetiva, por lo que no es sencillo elaborar un diagnóstico preciso. Afortunadamente, en los últimos años no son pocos los casos de trabajadores a los que se les ha reconocido la incapacidad permanente por fatiga crónica.

A pesar de disponer de informes médicos de especialistas en fibromialgia y fatiga crónica, el INSS no suele reconocer en la vía administrativa las prestaciones de incapacidad permanente a las que tienen derecho estos pacientes, así que es necesario acudir a la vía judicial. La destreza del abogado y del perito médico que actúen ante el juzgado es muy importante para obtener una sentencia que reconozca la pensión al enfermo que acredite reducciones funcionales graves y de determinación objetiva.

Si hablamos de síndrome de fatiga crónica e invalidez, es muy importante acreditar las limitaciones funcionales y el seguimiento específico por un reumatólogo durante, al menos, dos años. Si has sido sometido a trataiento psíquico, físico, medicación y terapia conductual, y aun así sigues padeciendo fatiga, déficits cognitivos y dolor muscular, podrás ser tributario de una pensión de incapacidad permanente.

JURISPRUDENCIA EN TORNO AL SÍNDROME DE FATIGA CRÓNICA

La jurisprudencia viene interpretando la situación de incapacidad permanente absoluta, no sólo como la falta de aptitud para desempeñar un amplio conjunto de tareas retribuidas o lucrativas, sino también los supuestos en que la gravedad de la reducción de la capacidad de ganancia hace pensable que resultará muy difícil encontrar un empleo que pueda ser compatible con el estado residual, y siempre en el entendimiento de que la ejecución de los trabajos ha de ofrecerse con un mínimo de eficacia, profesionalidad y, en suma, con las mismas exigencias que pudieran exigírsele a otro trabajador en el mismo puesto de trabajo.

En este sentido, son relevantes para valorar la capacidad laboral los efectos que ocasionan el dolor generalizado difuso y el deterioro cognitivo propios del síndrome de fatiga crónica, que se caracteriza por un síntoma cardinal, como es el cansancio muy intenso que no mejora con el descanso, y que en muchos casos se acompaña de insomnio.

Según la jurisprudencia de nuestros tribunales, cuando el grado del síndrome de fatiga crónica sea III o IV, o esta dolencia venga acompañada de una fibromialgia grave, se reconocerá al trabajador una incapacidad permanente en grado de absoluta.

En grado III, la fatiga no permite (ni siquiera ocasionalmente) desempeñar ninguna actividad profesional, limitando en más de un 80% la autonomía y las actividades básicas de la vida diaria.

En grado IV, la patología genera una fatiga extrema que precisa la ayuda de otras personas para las actividades rutinarias.

Por otra parte, en profesiones que requieran de trabajo físico, si la fatiga crónica está calificada de grado II o III conforme a los criterios establecidos por la jurisprudencia, podrá accederse a una incapacidad permanente total.

El grado II se alcanza cuando la fatiga es persistente, oscilante, pero sin mejora, y con marcada repercusión (más de un 50%) en materia laboral y en las actividades de la vida cotidiana.

SÍNDROME DE FATIGA CRÓNICA Y DISCAPACIDAD

Seguramente debido a las particularidades de esta enfermedad, el Síndrome de Fatiga Crónica no está recogido en el baremo que se utiliza para valorar la discapacidad. A pesar de ello, es recomendable solicitarla, ya que sí pueden ser valorados los síntomas que presenta la persona afectada.

En los casos con sintomatología severa (grado III) puede llegar a otorgarse el 65% de discapacidad.

En el supuesto de que quieras solicitar la incapacidad es importante que tengas buenos informes médicos que acrediten tus limitaciones funcionales y, sobre todo, que busques desde el principio el asesoramiento de un abogado experto en incapacidad permanente y de un perito médico que defiendan tu caso en los tribunales con la mayor de las garantías, llegado el caso. En Fidelitis te ofrecemos todo, la mejor defensa posible, y, además, sólo cobramos si ganamos.

Compartir en redes: