Qué es la fecha del hecho causante en una incapacidad permanente

¿Qué es la fecha del hecho causante en una incapacidad permanente?

Escrito por:

Cuando se reconoce una pensión de incapacidad permanente, uno de los elementos clave que determina cuánto se cobra y desde cuándo, es la llamada fecha del hecho causante. Aunque puede parecer un detalle técnico, tiene grandes consecuencias prácticas y económicas.

En este artículo te explicamos qué significa, cómo se determina y qué implicaciones tiene para el trabajador.

Fecha del hecho causante en la incapacidad permanente

¿QUÉ SE ENTIENDE POR “HECHO CAUSANTE”?

La fecha del hecho causante es el momento legal en el que se considera que nació el derecho a la pensión de incapacidad permanente. No siempre coincide con el día en que se emite la resolución del INSS, ni con el de la baja médica inicial.

Este concepto es utilizado por el INSS para:

  • Determinar desde qué fecha se empieza a generar la pensión.
  • Calcular los atrasos que puedan corresponder.
  • Verificar si el trabajador cumplía los requisitos exigidos (alta o asimilada al alta, carencia de cotización, etc.) en ese momento.

¿CÓMO SE FIJA LA FECHA DEL HECHO CAUSANTE?

Dependerá del origen de la incapacidad y del momento en el que se inicie el expediente. A grandes rasgos:

En casos derivados de enfermedad común o accidente no laboral:

Si existe baja médica previa, la fecha del hecho causante será la del último parte de baja, es decir, el día en que finaliza la incapacidad temporal (IT).

Si no hay baja médica, será la fecha de la solicitud de incapacidad permanente.

En casos derivados de accidente de trabajo o enfermedad profesional:

Se considerará la fecha en que se produjo el accidente o se manifestó la enfermedad, siempre que exista relación directa.

Si el expediente se inicia de oficio por el INSS:

Se suele fijar la fecha del hecho causante en el día en que se emite la propuesta de incapacidad permanente, aunque puede haber matices según cada caso.

¿QUÉ IMPLICACIONES TIENE ESTA FECHA?

La fijación de la fecha del hecho causante puede afectar de forma decisiva a tus derechos:

  • Cálculo de atrasos:
    • Si la resolución del INSS llega con retraso, puede haber meses de pensión acumulada que deben abonarse desde la fecha del hecho causante.
  • Compatibilidad con otras prestaciones:
    • Puede interferir con el cobro de subsidios, paro o indemnizaciones laborales.
  • Determinación del régimen aplicable:
    • La fecha concreta puede afectar a qué legislación se aplica si ha habido reformas legales.
  • Cotización exigida:
    • El INSS verificará si en esa fecha el trabajador estaba en situación de alta o asimilada al alta, y si cumplía los requisitos de cotización mínima.

¿SE PUEDE RECLAMAR SI NO ESTÁS DE ACUERDO CON LA FECHA FIJADA?

Sí. Si el trabajador considera que el INSS ha fijado una fecha que no se ajusta a la realidad médica o perjudica sus derechos, puede:

  • Presentar alegaciones durante la tramitación del expediente.
  • Reclamar en vía administrativa mediante la correspondiente reclamación previa.
  • Acudir a la jurisdicción social para que sea un juez quien determine la fecha correcta.

¿CÓMO PUEDE AYUDARTE UN ABOGADO ESPECIALIZADO?

La fecha del hecho causante no es un simple trámite administrativo. Puede suponer meses de pensión en juego y determinar si cumples o no los requisitos legales. Si te enfrentas a un proceso de incapacidad permanente, asegúrate de contar con apoyo legal que defienda tus derechos desde el primer momento.

Contar con asesoramiento legal es clave para:

  • Aportar informes médicos y laborales que respalden una fecha más favorable.
  • Reclamar atrasos que el INSS podría omitir.
  • Evitar incompatibilidades o duplicidades de prestaciones.

En Fidelitis revisamos a fondo cada expediente para asegurarnos de que el reconocimiento de la incapacidad se produce con la fecha más beneficiosa posible para ti.

Revisado jurídicamente por Sofía Cabeza Fernández

Compartir en redes: