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¿Los informes médicos privados son válidos para incapacidad?

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Cuando una persona valora pedir incapacidad permanente suele preguntarse si los informes de especialistas privados le servirán ante el INSS o en un juicio. La respuesta corta es sí, son válidos; la larga es que no todos valen lo mismo ni de cualquier manera. Aquí te contamos cuándo ayudan de verdad, cómo estructurarlos y qué esperar en fase administrativa y judicial.

INCAPACIDAD PERMANENTE VS. DISCAPACIDAD: NO SON LO MISMO

  • Incapacidad permanente (INSS): pensión contributiva (parcial, total, absoluta o gran invalidez) según limitaciones para trabajar.
  • Discapacidad (CCAA): porcentaje (≥33 %, ≥65 %, etc.) con efectos fiscales y sociales.

Los informes privados son útiles en ambos procedimientos, pero se valoran de forma distinta.

¿ACEPTA EL INSS INFORMES PRIVADOS?

Sí. El EVI/INSS puede valorar informes de la sanidad pública y también privados. En la práctica:

  • Tienen valor orientativo y refuerzan el expediente, sobre todo si incluyen pruebas objetivas (RMN, TAC, EMG, espirometría, escalas validadas).
  • Suelen pesar más si coinciden con los partes y pruebas de la sanidad pública/mutua y si están actualizados (últimos 3–6 meses).
  • Si contradicen los informes públicos, el INSS suele preferir estos últimos salvo que el privado esté muy fundamentado.

EN JUICIO: ¿CÓMO VALORA EL JUEZ LOS INFORMES PRIVADOS?

En los Juzgados de lo Social los informes privados son prueba válida. Su fuerza aumenta si:

  1. Son informes periciales (no solo clínicos) y el médico se ratifica en vista.
  2. Exponen diagnóstico, exploración, limitaciones funcionales y pronóstico laboral, no solo “síntomas”.
  3. Incorporan pruebas objetivas y enlazan claramente las tareas del puesto con las limitaciones.
  4. Mantienen coherencia temporal (evolución) y citan tratamientos intentados y su fracaso/efectos adversos.

En resumen: en vía administrativa ayudan; en vía judicial, un informe pericial privado bien hecho y ratificado puede ser decisivo.

CHECKLIST: CÓMO DEBE SER UN BUEN INFORME MÉDICO PRIVADO PARA INCAPACIDAD

  • Identificación del paciente y especialidad del firmante.
  • Diagnósticos CIE-10 principales y secundarios.
  • Exploración física/psíquica y limitaciones funcionales (qué movimientos, tiempos, cargas o demandas cognitivas no puede realizar).
  • Pruebas complementarias: fecha y resultados (RMN/TAC/EMG; FEV1; LVEF; test neuropsicológicos; escalas: EVA dolor, Oswestry/DASH, mMRC, HADS, MoCA, etc.).
  • Tratamientos realizados (fármacos, cirugía, rehabilitación), adherencia y respuesta.
  • Pronóstico y capacidad laboral residual: vincular limitaciones con tareas esenciales del puesto y con cualquier trabajo (según busques Total o Absoluta).
  • Contraindicaciones y riesgos de reincorporación.
  • Fecha reciente (≤ 6 meses) y firma + nº de colegiado.
  • Si es pericial: metodología, conclusiones motivadas y disponibilidad para ratificación.

¿PSICÓLOGO, FISIOTERAPEUTA, TERAPEUTA OCUPACIONAL… TAMBIÉN VALEN?

  • Psiquiatra/psicólogo clínico: muy relevantes en trastornos mentales; mejor si incluyen test estandarizados y evolución.
  • Fisioterapeuta/terapeuta ocupacional: aportan prueba complementaria funcional; no sustituyen al informe médico, pero refuerzan.
  • Médico del Trabajo: útil para análisis de tareas y riesgos del puesto.

ERRORES QUE RESTAN FUERZA AL INFORME

  • Informes genéricos (“dolor lumbar crónico”) sin limitaciones funcionales concretas.
  • Falta de pruebas objetivas o fechas antiguas.
  • Conclusiones tajantes (“incapaz para todo trabajo”) sin motivación técnica.
  • No relacionar tareas del puesto con limitaciones.
  • Discrepancias marcadas con la historia clínica pública sin explicarlas.

¿Y PARA EL RECONOCIMIENTO DE DISCAPACIDAD (GRADO %)?

Las CCAA admiten informes privados, pero el equipo de valoración aplica su propio baremo. Aportar informes recientes y objetivos acelera y mejora la evaluación, pero no sustituyen la valoración oficial.

PREGUNTAS RÁPIDAS

¿Basta con informes privados para ganar una incapacidad?

Pueden bastar, pero funcionan mejor junto a historia pública coherente y, en juicio, como pericial ratificada.

¿Necesito siempre un perito médico?

No siempre, pero en casos limítrofes o con criterios controvertidos, una pericial suele marcar la diferencia.

¿Debo traducir/legalizar informes extranjeros?

Sí: traducción jurada y, si procede, legalización/apostilla.

Valdez de informes médicos privados

En conclusión, los informes médicos privados sí son válidos para incapacidad, pero su eficacia depende de cómo estén elaborados y defendidos. Sirven para completar el expediente ante el INSS y, sobre todo, para convencer al juez si se presentan como periciales sólidos con pruebas objetivas y conexión clara entre salud y trabajo.

En Fidelitis revisamos tu documentación médica, coordinamos informes periciales con especialistas y te acompañamos ante el INSS y los tribunales. Cuéntanos tu caso: te diremos qué informes necesitas, cómo reforzarlos y qué grado de incapacidad es viable solicitar.

Revisado jurídicamente por Sofía Cabeza Fernández

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