Qué hacer si te dan el alta laboral pero no el alta médica

¿Qué hacer si te dan el alta laboral pero no el alta médica?

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Una de las situaciones más confusas para muchos trabajadores es recibir el alta laboral cuando todavía no se sienten recuperados. Esto ocurre cuando la mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) consideran que ya estás en condiciones de reincorporarte al trabajo, aunque tu médico de cabecera o especialista no esté de acuerdo.

En este artículo de Fidelitis te explicamos qué significa exactamente el alta médica y el alta laboral, por qué puede haber discrepancias entre ambas y qué puedes hacer si te dan el alta sin estar realmente curado.

DIFERENCIA ENTRE ALTA MÉDICA Y ALTA LABORAL

Aunque muchas veces se utilizan como sinónimos, no son lo mismo:

  • Alta médica: la emite el médico responsable de tu baja (de la Seguridad Social o de la mutua) y significa que se considera que estás en condiciones de trabajar.
  • Alta laboral: es la consecuencia administrativa del alta médica; implica que el trabajador debe reincorporarse a su puesto y deja de percibir la prestación por incapacidad temporal.

El problema aparece cuando el alta médica se da antes de tiempo o existen informes médicos contradictorios, y el trabajador todavía tiene dolor, limitaciones o recaídas.

¿POR QUÉ SE PUEDE DAR EL ALTA ANTES DE TIEMPO?

Las causas más frecuentes son:

  • Presión de la mutua o del INSS para reducir el número de bajas.
  • Criterios médicos restrictivos o interpretación errónea de los informes.
  • Falta de coordinación entre médicos de atención primaria y de la mutua.
  • Considerar que el trabajador puede desempeñar tareas adaptadas, aunque en la práctica no sea así.

En muchos casos, los trabajadores son dados de alta sin haberse recuperado totalmente, lo que puede derivar en recaídas o incluso en agravamiento de su lesión.

QUÉ HACER SI NO ESTÁS DE ACUERDO CON EL ALTA MÉDICA

Si te han dado el alta y consideras que no estás en condiciones de volver a trabajar, existen vías legales para recurrir la decisión, dependiendo de quién haya emitido el alta:

1. Si el alta la emite la mutua (enfermedad profesional o accidente laboral)

Tienes derecho a impugnarla ante el INSS mediante el procedimiento de disconformidad.

Los pasos son:

  1. Presentar el escrito de disconformidad en un plazo de 4 días naturales desde la notificación del alta.
  2. Durante ese tiempo, no debes reincorporarte al trabajo, ya que la prestación se mantiene en suspenso.
  3. El INSS tiene 7 días para decidir si confirma o revoca el alta médica.
  4. Si lo revoca, volverás a estar de baja. Si lo confirma, tendrás que reincorporarte y, si sigues sin estar conforme, podrás presentar demanda judicial.

2. Si el alta la emite el INSS (tras 365 días de baja)

En este caso, el procedimiento es distinto. Puedes presentar una reclamación previa ante el propio INSS en un plazo de 30 días naturales.

El Instituto revisará tu expediente y decidirá si mantiene o modifica el alta.

Si la respuesta es negativa o no se emite en el plazo de 45 días, podrás presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social.

3. Si el alta la emite tu médico de cabecera (baja común menor de 12 meses)

También puedes acudir al Servicio Público de Salud de tu comunidad autónoma y solicitar revisión médica.

Si otro facultativo considera que no estás en condiciones de trabajar, puede emitir un nuevo parte de baja.

CONSEJOS PRÁCTICOS SI NO ESTÁS RECUPERADO

  • Solicita una segunda opinión médica.
    • Guarda todos los informes, pruebas y diagnósticos que acrediten tus limitaciones.
  • No ignores el alta.
    • Si no te presentas al trabajo y no impugnas, se considerará abandono del puesto.
  • Avisa a tu empresa por escrito de que has recurrido el alta y estás a la espera de resolución del INSS.
  • Consulta con un abogado especializado.
    • En casos de alta médica injusta, un recurso bien fundamentado puede anular la decisión y restablecer la baja médica.

SI EL PROBLEMA PERSISTE: POSIBLE INCAPACIDAD PERMANENTE

Si la dolencia se ha cronificado y ya no permite trabajar con normalidad, puede ser el momento de solicitar una incapacidad permanente.

Esto ocurre cuando, tras varios procesos de baja o recaídas, el trabajador sigue sin poder desempeñar su profesión habitual.

En Fidelitis tramitamos este tipo de procedimientos ante el INSS y los tribunales, aportando informes médicos especializados que demuestran el impacto real de la enfermedad en la vida laboral del trabajador.

Si te dan el alta laboral pero no estás recuperado, no estás obligado a conformarte. Existen procedimientos legales para impugnar el alta médica y proteger tu salud y tus derechos. La clave está en actuar rápido, dentro de los plazos establecidos, y contar con asesoramiento especializado.

Qué hacer si te dan el alta laboral pero no el alta médica

En Fidelitis ayudamos a los trabajadores a recuperar su baja médica o a solicitar una incapacidad permanente cuando las secuelas son duraderas.

¿Te han dado el alta y aún no puedes trabajar? Nuestros abogados expertos en bajas médicas e incapacidad laboral te orientarán sin compromiso.

Revisado jurídicamente por Sofía Cabeza Fernández

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