Cómo notifica el INSS el alta médica y qué puedes hacer si no estás conforme

¿Cómo notifica el INSS el alta médica y qué puedes hacer si no estás conforme?

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Cuando una persona está de baja médica, una de sus principales preocupaciones es saber cuándo y cómo se producirá el alta. En muchos casos, esta decisión no depende del médico de cabecera, sino del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), especialmente cuando la baja se prolonga en el tiempo. Pero ¿cómo te informa el INSS de que ha llegado ese momento? ¿Qué ocurre si no estás de acuerdo con su decisión? En este artículo te explicamos cómo se notifica el alta médica, qué efectos tiene y cómo puedes reclamar si consideras que no estás recuperado.

¿QUÉ ES EL ALTA MÉDICA DEL INSS?

El alta médica es la resolución por la cual el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) considera que un trabajador en situación de baja por incapacidad temporal está recuperado y en condiciones de reincorporarse a su puesto de trabajo.

Este alta puede producirse por distintas causas:

  • Por curación o mejora del estado de salud.
  • Por haber agotado el plazo máximo de la baja médica (365 días, prorrogables hasta 545).
  • Por decisión del Tribunal Médico del INSS (EVI).

¿CÓMO SE NOTIFICA EL ALTA MÉDICA DEL INSS?

La notificación del alta puede producirse de distintas formas, pero todas tienen efectos legales inmediatos, por lo que es importante saber identificarla y actuar con rapidez si no estás de acuerdo.

1. Notificación por correo postal certificado

Es la forma más habitual. El INSS envía la resolución al domicilio del trabajador. El documento debe indicar:

  • Fecha de efectos del alta.
  • Motivos médicos que justifican la decisión.
  • Plazos para reclamar.

Si el cartero no puede entregártela en mano, dejará un aviso para recogerla en Correos.

2. Notificación electrónica (si estás dado de alta en notificaciones electrónicas)

Algunos trabajadores están obligados a recibir notificaciones por vía electrónica (por ejemplo, autónomos o mutualistas). En este caso, recibirás una notificación en tu buzón de la sede electrónica del INSS o del sistema Notif@.

3. Notificación presencial en el centro médico

Si has acudido a una revisión con el Tribunal Médico (EVI), es posible que te comuniquen el alta en ese momento, entregándote la resolución directamente en mano.

Cómo notifica el INSS el alta médica y qué puedes hacer si no estás conforme

¿DESDE CUÁNDO SURTE EFECTO EL ALTA MÉDICA?

El alta entra en vigor al día siguiente de la fecha indicada en la resolución, salvo que ésta indique otra cosa. Esto implica:

  • Fin de la prestación económica por incapacidad temporal.
  • Obligación de reincorporarte al trabajo, si tienes empleo activo.

¿Y SI NO ESTOY CONFORME CON EL ALTA? ¿SE PUEDE RECLAMAR?

Sí. Si consideras que no estás en condiciones de volver al trabajo, puedes impugnar el alta médica. Hay dos vías principales:

Reclamación previa ante el INSS

  • Debes presentarla en un plazo de 11 días hábiles desde la notificación.
  • Puedes aportar informes médicos que contradigan la decisión del INSS.
  • El INSS tiene 7 días hábiles para resolver.

Demanda judicial

Si no obtienes respuesta o la resolución es negativa, puedes presentar demanda ante el Juzgado de lo Social. En ese caso:

  • No es obligatorio acudir con abogado, aunque sí recomendable.
  • El juez podrá suspender el alta médica mientras se resuelve el caso.

¿QUÉ PASA SI NO RECOJO LA NOTIFICACIÓN? ¿SIGUE SIENDO VÁLIDA?

Sí. Aunque no recojas la carta o no accedas al buzón electrónico, la notificación se considera efectuada si el INSS puede demostrar que la puso a tu disposición. Por eso, es importante:

  • Mantener actualizado tu domicilio en la Seguridad Social.
  • Consultar con frecuencia tu buzón electrónico si estás suscrito.
  • No ignorar los avisos de Correos.

¿Y SI ESTOY EN PROCESO DE INCAPACIDAD PERMANENTE?

Si el alta médica se produce durante una solicitud de incapacidad permanente, ésta no detiene el expediente, pero puede:

  • Obligar al trabajador a volver a su puesto.
  • Generar incertidumbre económica hasta que se resuelva la incapacidad.

En estos casos, es aconsejable actuar con rapidez y asesoramiento legal, ya que los plazos para impugnar son breves.

¿QUÉ HACER SI EL ALTA ES INJUSTA O PRECIPITADA?

En muchos casos, los trabajadores reciben el alta cuando aún no están recuperados, lo que puede:

  • Poner en riesgo su salud.
  • Causar nuevas bajas médicas.
  • Dificultar la aprobación de una incapacidad permanente.

Si estás en esa situación, en Fidelitis te ayudamos a:

  • Reclamar el alta médica.
  • Presentar informes médicos que acrediten tu estado real.
  • Defender tu caso ante el INSS o los tribunales.
  • Solicitar la incapacidad permanente si procede.

¿TE HAN DADO EL ALTA MÉDICA Y NO PUEDES VOLVER A TRABAJAR?

En Fidelitis somos especialistas en incapacidades laborales. Si el INSS te ha dado de alta sin estar recuperado, cuenta con nosotros para defender tus derechos. Te asesoramos, revisamos tu caso y te ayudamos a presentar la reclamación con las máximas garantías.

Revisado jurídicamente por Lucian Eduard Bighiu

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