Qué pensión corresponde por perder la visión en un ojo

¿Qué pensión corresponde por perder la visión en un ojo?

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La pérdida de visión en un ojo puede tener un gran impacto en la vida laboral y personal de una persona. En muchos casos, esta situación da lugar a una pensión por incapacidad permanente, pero el tipo y la cuantía dependerán de varios factores clave.

En Fidelitis, como abogados especializados en incapacidad permanente, resolvemos las dudas más frecuentes sobre este tipo de casos: ¿Qué grado de incapacidad corresponde? ¿Se puede cobrar pensión? ¿De cuánto sería?

Qué pensión corresponde por perder la visión en un ojo

¿SE RECONOCE LA INCAPACIDAD PERMANENTE POR PERDER UN OJO?

Sí, la pérdida total de visión en un ojo puede dar lugar a una incapacidad permanente, aunque el grado reconocido dependerá de las consecuencias funcionales y del impacto en el trabajo habitual de la persona.

¿QUÉ GRADO DE INCAPACIDAD CORRESPONDE?

La pérdida de visión en un solo ojo puede dar lugar a los siguientes grados:

  • Incapacidad permanente parcial: si la persona puede seguir desempeñando su trabajo, pero con ciertas limitaciones. En este caso, no se cobra pensión mensual, sino una indemnización a tanto alzado.
  • Incapacidad permanente total: si la pérdida visual impide desarrollar el trabajo habitual, pero permite otras profesiones. En este caso, se reconoce una pensión mensual del 55 % de la base reguladora.
  • Incapacidad permanente absoluta: se concede solo si la pérdida visual afecta también al otro ojo o hay otras dolencias añadidas que impiden cualquier tipo de trabajo. Se cobra el 100 % de la base reguladora.

¿QUÉ OTROS FACTORES SE TIENEN EN CUENTA?

El INSS no valora solo la pérdida del ojo en sí, sino también:

  • La edad del trabajador.
  • La profesión habitual.
  • La posibilidad de adaptación del puesto.
  • La existencia de otras lesiones o patologías.
  • Si la pérdida de visión ha sido repentina o degenerativa.

Por ejemplo, un cirujano o conductor profesional puede tener más posibilidades de ser reconocido con incapacidad total por la pérdida de un ojo que alguien con un empleo no visualmente exigente.

¿QUÉ CUANTÍA SE COBRA?

La cuantía dependerá del grado reconocido:

GradoPrestación
ParcialIndemnización única (24 mensualidades)
Total55 % de la base reguladora
Total cualificada (mayor de 55 años)75 % de la base reguladora
Absoluta100 % de la base reguladora
Gran invalidez100 % + complemento por necesidad de ayuda

La base reguladora se calcula según las cotizaciones del trabajador.

¿ES COMPATIBLE CON OTROS INGRESOS?

La pensión por incapacidad parcial o total es compatible con otro trabajo, siempre que no sea el mismo que originó la incapacidad.

En cambio, la absoluta o gran invalidez no permiten trabajar (salvo excepciones muy limitadas y controladas).

¿Y SI FUE UN ACCIDENTE LABORAL?

Si la pérdida de visión fue consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, pueden sumarse otras indemnizaciones:

  • Prestación económica más alta.
  • Recargo de prestaciones si hubo falta de medidas de seguridad.
  • Reclamaciones por daños y perjuicios.

¿CÓMO SE SOLICITA LA PENSIÓN POR PÉRDIDA DE VISIÓN?

  1. Solicitar la valoración de incapacidad en el INSS.
  2. Aportar informes médicos y oftalmológicos.
  3. El EVI evaluará el caso y emitirá resolución.
  4. Si es denegada, se puede presentar reclamación previa o acudir a la vía judicial.

En resumen, la pérdida de visión en un ojo puede dar derecho a una pensión por incapacidad permanente, dependiendo de cómo afecte a la vida laboral y de otros factores individuales.

Desde Fidelitis te ayudamos a evaluar tu caso, presentar la solicitud o recurrir una denegación para que recibas la protección económica que mereces. Además, trabajamos a éxito, lo que quiere decir que sólo cobramos si ganamos.

Revisado jurídicamente por Lucian Eduard Bighiu

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