Cuando un trabajador se encuentra de baja médica, la mutua puede solicitar informes o datos médicos para realizar un seguimiento de la evolución y comprobar si continúa existiendo incapacidad temporal. Sin embargo, muchos trabajadores desconocen hasta qué punto están obligados a facilitar esa información y qué límites establece la ley en materia de confidencialidad y protección de datos. En este artículo aclaramos qué puede pedir la mutua, qué no puede exigir y cómo actuar si te presionan para entregar tus informes médicos personales.
QUÉ PUEDE PEDIRTE LA MUTUA
Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social tienen derecho a:
- Citar al trabajador para realizar reconocimientos médicos de control.
- Solicitar información médica relacionada con la baja laboral en curso, siempre que sea relevante para valorar la capacidad laboral.
- Acceder a informes del Servicio Público de Salud, si existe autorización o comunicación entre organismos.
Esto significa que la mutua sí puede solicitar información relacionada directamente con la dolencia que motiva la baja, pero no puede exigir informes médicos completos ni historiales clínicos.
QUÉ NO ESTÁS OBLIGADO A ENTREGAR
Según la Ley 41/2002 sobre la autonomía del paciente y la protección de la información sanitaria, la historia clínica pertenece al paciente, y solo puede compartirse con su consentimiento.
Por tanto:
- No estás obligado a entregar informes médicos privados, de otras patologías o antecedentes no relacionados con la baja.
- Puedes negarte a facilitar copias de resonancias, análisis o diagnósticos que no estén directamente vinculados a la enfermedad por la que estás de baja.
- La mutua no puede sancionarte ni suspenderte la prestación por negarte a entregar documentación personal no pertinente.
QUÉ HACER SI LA MUTUA TE PRESIONA O AMENAZA
Si la mutua te exige informes médicos y amenaza con suspender la prestación:
- Solicita por escrito la petición, indicando qué documentos concretos te piden y con qué fundamento legal.
- Informa de la situación a tu médico de cabecera o especialista, para que te orienten sobre qué información es procedente.
- Si la mutua mantiene la presión o actúa de forma irregular, presenta una reclamación formal ante el INSS o ante la Inspección de Trabajo.
CUÁNDO PUEDE INTERVENIR EL INSS
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el organismo que tiene la última palabra sobre:
- La duración de la baja médica.
- La capacidad laboral del trabajador.
- La concesión o denegación de una incapacidad permanente.
Si existen conflictos con la mutua, el INSS puede revisar el caso y resolver si la mutua ha actuado correctamente o no.
CONSEJOS PRÁCTICOS
- Guarda siempre copia de los requerimientos de la mutua y de tus respuestas.
- Acude a las citas médicas de control, pero entrega solo la información necesaria.
- Si recibes presiones o amenazas, busca asesoramiento legal especializado.
No estás obligado a entregar toda tu documentación médica a la mutua. Solo deben compartirse los informes estrictamente relacionados con la baja laboral, y siempre respetando tu derecho a la confidencialidad y protección de datos médicos. Si la mutua actúa de forma abusiva, puedes reclamar ante el INSS o la Inspección de Trabajo.
En Fidelitis te asesoramos si la mutua te exige informes médicos o intenta suspenderte la prestación sin causa justificada. Protegemos tus derechos y te ayudamos a reclamar ante el INSS.
Revisado jurídicamente por Sofía Cabeza Fernández

Directora de Análisis de Viabilidad de Fidelitis.
Número de colegiada: 132309 ICAM