Grados de dependencia y prestaciones
Grados de dependencia y prestaciones

Grados de dependencia y prestaciones

Si te han denegado la dependencia o si el grado que te han asignado crees que no corresponde a tu realidad, nuestros abogados expertos en Ley de dependencia te asesorarán y te ayudarán con los trámites.
Shadow

¿QUÉ ES LA DEPENDENCIA Y LA AUTONOMÍA?

La dependencia el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y vinculadas a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, requieren de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida cotidiana, como son:

  • El cuidado personal: asearse, lavarse, poder ir solo al baño, vestirse, comer y beber.
  • Las labores domésticas básicas: hacerse la comida, ir a la compra, limpieza, lavado y planchado de la ropa, mantenimiento del hogar.
  • La movilidad esencial: levantarse, acostarse, permanecer de pie o sentado, mover cualquier parte del cuerpo, desplazarse por la casa y por el entorno.
  • Las funciones intelectuales básicas: reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes y tareas sencillas.

La autonomía, por su parte, se define como la capacidad percibida de controlar, afrontar y tomar decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias.

¿QUÉ ES LA LEY DE DEPENDENCIA?

Una solución para muchas de las personas que se encuentran en estas circunstancias es acogerse a la Ley de Dependencia 39/2006, de 14 de diciembre, sobre la Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. En ella se contempla de forma específica la prevención y la atención a las personas dependientes, así como el catálogo de prestaciones al que tienen derecho en función del grado de dependencia que presentan.

Este mecanismo incluye la promoción de medios para garantizar el estado de bienestar y la autonomía personal mediante servicios privados concertados o públicos debidamente acreditados, que se encuentran a disposición de las personas con problemas de dependencia.

La Ley prevé en estos casos la ayuda especializada a quienes padecen determinado tipo de enfermedades, discapacidad y pérdida de autonomía.

Siempre que sea posible el Sistema de la Ley de Dependencia priorizará la prestación de servicios frente a las prestaciones económicas.

 GRADOS DE DEPENDENCIA

La Ley de dependencia establece tres grados de dependencia, en función de los cuales se ofrecen diferentes tipos de ayudas y prestaciones.

Para determinar el grado que le corresponde al solicitante, el evaluador podrá realizar diversos cuestionarios que arrojarán distintas puntuaciones de dependencia según las necesidades del solicitante y el efecto que tienen sobre las actividades básicas de la vida diaria. A mayor necesidad de ayuda en cada una de las actividades básicas, mayor será el grado de dependencia y las prestaciones.

Existen tres grados de dependencia :

GRADO I - Dependencia Moderada.

GRADO II - Dependencia Severa.

GRADO III - Gran Dependencia.

¿CÓMO SE VALORA LA DEPENDENCIA?

Para determinar si una persona se encuentra en situación de dependencia se procede a la valoración del demandante, que es realizada por un valorador profesional con perfil sociosanitario y formación específica en la aplicación del Baremo de Valoración de la Situación de Dependencia (BVD).

La valoración se lleva a cabo en su domicilio habitual y se realiza teniendo en cuenta los informes de salud, el entorno en el que vive y, si las hubiere, las ayudas técnicas, órtesis y prótesis prescritas.

Los valoradores identificarán si hay alguna o varias tareas en las que se precisa apoyo, y evaluarán la frecuencia y tipo de apoyo.

Los solicitantes menores de 3 años son valorados por personal médico en el Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI), utilizando la Escala de Valoración Específica (EVE).

FAQS SOBRE DEPENDENCIA