Cuando una empresa entra en quiebra, cierra o simplemente no puede hacer frente a sus obligaciones laborales, muchos trabajadores se ven indefensos ante impagos de nóminas o indemnizaciones. Para proteger a los empleados en estas situaciones, existe FOGASA, un organismo público que garantiza el cobro de parte de esas cantidades.
En este artículo te explicamos qué es FOGASA, en qué casos interviene y cuánto paga en 2025, con ejemplos y límites actualizados.
¿QUÉ ES FOGASA?
FOGASA es el Fondo de Garantía Salarial, un organismo público dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social que protege a los trabajadores cuando su empresa no puede pagarles por estar en situación de insolvencia o concurso de acreedores.
Su objetivo es asegurar el cobro de:
- Salarios pendientes.
- Indemnizaciones por despido.
- Indemnizaciones por extinción del contrato.
Cuando una empresa no puede hacer frente a sus obligaciones laborales, FOGASA asume parte de los pagos, dentro de ciertos límites legales.
¿EN QUÉ CASOS INTERVIENE FOGASA?
FOGASA actúa cuando:
- La empresa ha sido declarada insolvente judicialmente.
- La empresa se encuentra en concurso de acreedores.
- El empresario ha fallecido o desaparecido sin dejar herederos responsables.
- Se trata de una empresa con menos de 25 trabajadores, en cuyo caso FOGASA también cubre parte de la indemnización, aunque la empresa siga activa.
¿QUÉ CANTIDADES PAGA FOGASA EN 2025?
Salarios pendientes
FOGASA cubre
- Hasta 120 días de salario pendiente.
- Con el límite del doble del salario mínimo interprofesional (SMI) diario, incluyendo la parte proporcional de pagas extra.
En 2025, el SMI se sitúa en 1.134 euros mensuales en 14 pagas (según previsiones), lo que supone:
- SMI diario: 37,80 €
- Límite diario: 37,80 € x 2 = 75,60 €
- Límite máximo total: 75,60 € x 120 días = 9.072 €
Indemnizaciones por despido o extinción
FOGASA paga:
- 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 1 año (12 mensualidades).
- Con el mismo límite diario: el doble del SMI diario, es decir, 75,60 € al día en 2025.
Ejemplo práctico
Un trabajador con 10 años de antigüedad despedido por causas objetivas podría tener derecho a 200 días de indemnización (20 x 10), pero FOGASA solo abonará hasta 365 días, y como máximo 75,60 € por día, es decir, máximo 27.594 €.
¿QUÉ NO CUBRE FOGASA?
- Suplementos voluntarios o no declarados (por ejemplo, sobresueldos en B).
- Horas extras si no están acreditadas legalmente.
- Indemnizaciones superiores a las reconocidas legalmente o en convenio.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL PAGO A FOGASA?
Cualquier trabajador con contrato laboral que:
- Haya tenido relación laboral con una empresa insolvente o en concurso.
- Tenga reconocida la deuda por sentencia, resolución judicial, acta de conciliación o resolución administrativa.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITAS PARA SOLICITAR FOGASA?
- Modelo oficial de solicitud.
- DNI o NIE.
- Documentación que acredite la relación laboral (contrato, nóminas...).
- Sentencia, auto judicial o acta de conciliación donde se reconozca la deuda.
- Certificado del administrador concursal, si procede.
¿DÓNDE SE PRESENTA LA SOLICITUD?
Puedes presentar la solicitud:
- Online, a través de la sede electrónica del Ministerio de Trabajo (con certificado digital o Cl@ve).
- Presencialmente en una delegación provincial de FOGASA.
- A través de un abogado o representante legal.
¿CUÁNTO TARDA FOGASA EN PAGAR?
El plazo legal para resolver y pagar es de 3 meses, aunque en la práctica suele tardar entre 6 y 12 meses, debido a la alta carga de trabajo.
Si FOGASA no responde en ese plazo, puedes:
- Presentar reclamación administrativa previa.
- Acudir a la jurisdicción social.
¿HAY PLAZO PARA SOLICITAR EL PAGO A FOGASA?
Sí. El plazo es de 1 año desde que:
- Se dicta sentencia firme.
- Se emite el acta de conciliación.
- Se declara la insolvencia o concurso de la empresa.
¿ES COMPATIBLE EL PAGO DE FOGASA CON OTRAS AYUDAS O PENSIONES?
Por lo general, sí. FOGASA no impide cobrar prestaciones por desempleo ni afecta a una pensión por incapacidad permanente. Pero debes declarar el cobro si estás recibiendo el paro.
¿PUEDE UN AUTÓNOMO RECLAMAR A FOGASA?
No. FOGASA solo protege a trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no cotizan al Fondo de Garantía Salarial ni tienen derecho a sus prestaciones.
FOGASA ES UN SALVAVIDAS CUANDO LA EMPRESA NO PAGA
FOGASA es un recurso fundamental para proteger a los trabajadores en casos de empresas en quiebra o con graves dificultades económicas. Aunque no cubre el 100 % de lo que se podría reclamar judicialmente, garantiza una compensación parcial rápida y eficaz.
Si te han despedido y la empresa no te paga lo que te debe, o si estás pendiente de una indemnización, consulta con un abogado laboralista cuanto antes para iniciar el procedimiento ante FOGASA.
¿NECESITAS AYUDA PARA RECLAMAR A FOGASA?
En Fidelitis ayudamos a trabajadores a recuperar los salarios e indemnizaciones pendientes cuando la empresa no puede pagar. Te guiamos paso a paso en la solicitud ante FOGASA y, si es necesario, te representamos en procedimientos judiciales. Contacta con nosotros sin compromiso y reclama lo que te corresponde.
Revisado jurídicamente por Sofía Cabeza Fernández

Directora de Análisis de Viabilidad de Fidelitis.
Número de colegiada: 132309 ICAM