Incapacidad laboral por síndrome de Ménière
Incapacidad permanente por lumbalgia crónica

Incapacidad permanente por lumbalgia crónica

Si padeces lumbalgia crónica, en Fidelitis podemos ayudarte a que se te reconozca una baja laboral o una incapacidad permanente en grado de total o absoluta. Pídenos asesoramiento y te informaremos sobre la viabilidad de tu caso y la cuantía de la pensión que puedes obtener.
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A continuación te mostramos un índice de contenido sobre la lumbalgia crónica:

DEFINICIÓN: QUÉ ES LA LUMBALGIA CRÓNICA

Definición de lumbalgia crónicaLa lumbalgia es un dolor localizado en la parte baja de la espalda cuyo origen está relacionado con la estructura musculoesquelética del disco intervertebral. Suele tratarse de un dolor fuerte o sordo que aparece después de realizar actividades físicas, un movimiento brusco o levantar algún peso, y generalmente se acompaña de sobrecarga o contractura muscular. En la lumbalgia crónica el dolor puede ser continuo o intermitente, pero siempre por encima de 90 días de evolución.

Una de las causas más comunes de la lumbalgia es la distensión de un ligamento o de un músculo de la espalda. El grado de dolor por una distensión muscular lumbar puede ir desde una leve molestia a un dolor fuerte e incapacitante.

El dolor se manifiesta de diferente manera según la edad: mientras que los jóvenes presentan un mayor riesgo de sufrir dolor irradiado hacia la rodilla de tipo ciático, en los adultos el dolor suele ser más indefinido, de tipo lumbago.

Tipos de lumbalgia

Según el tiempo de evolución, las lumbalgias se suelen clasificar en:

  • Lumbalgia Aguda: de 2 a 3 semanas.
  • Lumbalgia Subaguda: de 3 semanas a 3 meses.
  • Lumbalgia Crónica: por encima de 3 meses.

El 90% de las lumbalgias son idiopáticas o inespecíficas (es decir, no se conoce su causa) y se resuelven en 1 o 2 meses. El 70% de las lumbalgias agudas desaparecen en torno a 2 semanas sin necesidad de tratamiento, mientras que el 15% están relacionadas con lesiones anatómicas. El 2% se debe a una enfermedad grave subyacente.

Las personas más jóvenes tienen más tendencia a experimentar dolores de espalda por una distensión muscular lumbar (la espondilitis anquilosante, por ejemplo, tiene mayor prevalencia en varones jóvenes, y la discartrosis lumbar puede afectar a pacientes de tan sólo 20 años de edad). En cambio, los cuadros crónicos y degenerativos suelen darse más entre los 45 y 65 años y son algo más frecuentes en la mujer.

El 85% de las lumbalgias tiene buen pronóstico, mientras que en un 15% de los casos aproximadamente se cronifican y tienen una difícil solución.

Lumbociática y lumbalgia mecánica crónica inespecífica

La lumbociática se caracteriza por la irradiación del dolor hacia la pierna y suele estar relacionada con situaciones de hernia o protusión discal (normalmente a nivel L4-L5 y L5-S1), ya que estos sectores vertebrales son los que soportan mayor peso.

La lumbalgia mecánica crónica inespecífica es un problema muy complejo de abordar y en el que influyen los factores psicosociales (los expertos hablan de una lumbalgia emocional o psicosomática, relacionada con el estado de ánimo y la depresión). Para recibir este diagnóstico debe tener una duración superior a los 3 meses sin que exista una alteración anatómica grave, antecedentes de fractura, fiebre, pérdida de peso o de apetito inexplicados, dolor de preferencia nocturno y no estar modificado por la postura.

Baja laboral por lumbalgia

El dolor lumbar constituye la segunda causa más frecuente de visita médica y bala laboral (sólo por detrás del resfriado común), y se calcula que afecta a entre el 60% y el 80% de las personas durante su vida. Sólo en España cada año dos millones de personas acuden a su centro de salud por esta dolencia.

Los trabajos que requieran de grandes esfuerzos físicos a nivel de columna, flexiones repetidas, sobrecarga o bipedestación prolongada (cuando el trabajador pasa mucho tiempo de pie o realizando desplazamientos cortos) son más propensos a sufrir lumbalgia crónica.

Para poder pedir una baja laboral por lumbalgia será necesario contar con documentos médicos que acrediten la existencia de esta lesión (haber recibido un diagnóstico) y las limitaciones funcionales que provocan en el ejercicio de la profesión habitual de la persona afectada.

Incapacidad laboral por síndrome facetario

El síndrome facetario consiste en un dolor lumbar originado en la articulación intervertebral posterior (articulación facetaria), que puede irradiar hacia las nalgas, la ingle y la parte posterior de los muslos. Se presenta como un lumbago mecánico crónico sin existencia de hernias discales ni de estrechamientos significativos del canal medular. Con la edad, los huesos se degeneran a causa de la artrosis o desgaste de las superficies articulares haciendo que se deslicen unos encima de otros, limitándolos y provocando fricción. Esto conduce a una degradación excesiva de los cartílagos articulares e incluso a la separación de la capsula de la articulación y la subluxación de la parte trasera (sobre todo de la L5-S1).

Debido a que el dolor del síndrome facetario empeora con la bipedestación prolongada o cuando se realizan movimientos de hiperextensión, inclinación y rotación contralateral, y que estos dolores pueden limitar mucho la actividad, para algunas profesiones muy físicas en las que se requiera soportar pesos y cargas o agacharse es posible obtener una pensión de incapacidad laboral permanente por síndrome facetario, especialmente si el paciente ha agotado todas las posibilidades terapéuticas y rehabilitadoras.

Invalidez por síndrome de Bertolotti

El síndrome de Bertolotti es una anomalía congénita por la que última vertebra lumbar L5 se "sacraliza"; esto es, adopta la forma del sacro, lo que lleva a una fusión parcial o completa a nivel de sus apófisis transversas. La apófisis transversa en una parte de la vértebra situada en la parte lateral del cuerpo vertebral que sirve como anclaje a la musculatura paravertebral y a los ligamentos iliotransversos. Al aumentar de tamaño, puede llegar a chocar con el sacro o el íleon produciendo una sobrecarga de la articulación sacroilíaca y dolor.

El síndrome de Bertolotti es una causa infradiagnosticada de dolor lumbar bajo que suele afectar a personas jóvenes. La aparición de los síntomas se sitúa entre los 30 y los 40 años, y es más frecuente en varones.

Puede causar lumbalgia, dolor sacroilíaco y ciática. Al comprimirse la raíz nerviosa se produce un intenso dolor que desciende por toda la pierna provocando pérdida de fuerza, alteraciones sensitivas y calambres.

Si padeces el síndrome de Bertolotti y el dolor te impide desarrollar las tareas básicas de tu profesión u oficio, es posible conseguir una incapacidad permanente total para la profesión habitual.

Incapacidad permanente por dolor crónico

En nuestro país el dolor es una de las causas más comunes de absentismo laboral. El dolor crónico en sí mismo también es una enfermedad, como afirma la Organización Mundial de la Salud (OMS), de modo que puede ser susceptible de ser reconocido como incapacidad permanente, puesto que afecta a la vida diaria y en ciertos casos no permite al afectado desarrollar una profesión con un mínimo de dignidad y eficacia.

Si has recibido tratamiento sin mejoría, y el dolor crónico te impide realizar tu vida habitual, te animamos a que solicites una pensión de incapacidad permanente, con independencia de que sea un dolor lumbar o de otra índole.

CAUSAS DE LA LUMBALGIA CRÓNICA

Causas de lumbalgia crónicaAunque hasta hace poco se creía que el dolor asociado a la lumbalgia se explicaba por alguna alteración de la estructura de la columna vertebral (como la escoliosis o la hernia discal), hoy se sabe que la principal causa es el desequilibrio entre los músculos agonistas y antagonistas (musculatura anterior y posterior de la espalda).

El dolor de la lumbalgia se manifiesta por un mecanismo neurológico que implica la activación de los nervios que transmiten el dolor y el desencadenamiento de la contractura muscular y la inflamación, y en ocasiones también por la compresión de la raíz nerviosa.

Las causas más frecuentes tienen un origen mecánico:

  • Alteración de la estática vertebral (escoliosis).
  • Contracturas musculares por sobrecarga mecánica o tensional.
  • Problemas degenerativos del disco intervertebral o de las articulaciones posteriores vertebrales.
  • Fracturas por osteoporosis o traumatismos violentos.

Otras causas menos habituales serían las enfermedades inflamatorias de las estructuras vertebrales como la espondilitis anquilosante, las infecciones o los tumores.

Factores de riesgo

Algunos factores de riesgo que pueden acabar provocando una lumbalgia crónica son:

  • Pasar muchas horas sentado o de pie.
  • Posturas de trabajo estáticas o que mantienen la misma posición.
  • Flexiones y giros frecuentes del tronco.
  • Levantamientos y movimientos bruscos o repetitivos.
  • Vibraciones.
  • Sedentarismo.
  • Sobrepeso.

SÍNTOMAS DE LA LUMBALGIA CRÓNICA

Los síntomas más característicos de la lumbalgia crónica son el dolor local o irradiado, la inflamación y la presencia de contracturas musculares y rigidez articular.

En función del grado de afectación y compresión radicular se pueden producir:

  • Dolor crónico que puede ser de molesto a grave.
  • Dolor de espalda que empeora al sentarse.
  • Alteraciones de la sensibilidad (anestesia, hipoanestesia, hiperestesia, hormigueos) y alteraciones del movimiento (paresia, parálisis).

TRATAMIENTO DE LA LUMBALGIA CRÓNICA

Tratamiento de lumbalgia crónicaEl tratamiento para la lumbalgia dependerá del historial clínico del paciente y de la intensidad del dolor. La gran mayoría de los casos se curan en un plazo de seis semanas sin necesidad de cirugía.

El tratamiento conservador puede incluir:

  • Medicamentos: analgésicos, antiinflamatorios no esteroideos y relajantes musculares, y en los casos de dolor más agudo, inyecciones epidurales de corticoesteroides.
  • Ejercicios para la lumbalgia (fisioterapia): acondicionamiento aeróbico, ejercicios de estiramiento y fortalecimiento.
  • Manipulación quiropráctica: para mejorar la amplitud de movimiento y el funcionamiento de la columna.
  • Terapia conductual: cuando existan factores psicosociales que aumenten el riesgo de cronificación.
  • Higiene postural: para evitar la sobrecarga de la espalda.
  • Aplicar calor o frío en la zona dolorida: para ayudar a reducir la inflamación.

La cirugía para la lumbalgia por lo general sólo se aconseja cuando el dolor no ha remitido mediante métodos no quirúrgicos. En casos concretos de hernia discal, estenosis del canal lumbar, escoliosis o espondilosis degenerativa, los especialistas pueden valorar la realización de una cirugía.

La laminectomía y la microdiscectomía se han demostrado eficaces para la ciática, ya que alivian la presión sobre las raíces nerviosas comprimidas, reduciendo el dolor.

Otra alternativa es la cirugía de fusión, la cual sirve para soldar entre sí dos o más vertebras de manera que sanen y formen un único hueso sólido, aliviando el dolor causado por un segmento movible doloroso.

ÚLTIMOS AVANCES EN LUMBALGIA CRÓNICA

En los últimos años se han dado grandes avances en cuanto a técnicas quirúrgicas mínimamente invasivas para tratar la lumbalgia crónica.

Una de las técnicas más novedosas es la denervación de la articulación facetaria por endoscopia, que consiste en la realización de un bloqueo nervioso que impide que el estímulo doloroso se extienda. Este procedimiento además permite el tratamiento a pacientes que hasta ahora no lo admitían porque la visión de rayos X era insuficiente.

Asimismo, la compañía Relievant Medsystems ha desarrollado una innovadora estrategia para abordar la lumbalgia crónica patentada con el nombre de Intracept© Procedure. Se trata de una intervención quirúrgica que no tiene nada que ver con las operaciones tradicionales de columna, ya que consiste en introducir un fino dispositivo con el cual matar el nervio basivertebral, que es el responsable de enviar las señales de dolor desde la columna hasta el cerebro. Es un procedimiento muy rápido, de poco más de una hora, para el que tan sólo se requiere anestesia local y radiofrecuencia; es decir, que no se crea ninguna herida traumática, lo que facilita mucho la recuperación.

Esta ablación nerviosa ya ha sido aprobada por la Agencia de Alimentos y Medicamentos estadounidense (FDA).

ASESORAMIENTO JURÍDICO Y LEGAL

Asesoramiento jurídico lumbalgia crónica¿Quieres saberlo todo sobre baja laboral e incapacidad permanente por lumbalgia crónica? En Fidelitis queremos ayudarte a resolver tus dudas en materia jurídica y legal.

¿Qué tipo de incapacidad laboral puedo conseguir si padezco lumbalgia crónica?

Como cualquier enfermedad, lo que determina el tipo de incapacidad laboral es cómo afectan las secuelas a tu capacidad para trabajar.

Actualmente se han obtenido sentencias favorables de incapacidad laboral por lumbalgia crónica. Cuando el INSS ha concedido la incapacidad, la mayoría de las veces ha consistido en una incapacidad permanente total para la profesión habitual, y en algunos casos una incapacidad permanente absoluta. También es verdad que, en multitud de ocasiones, la lumbalgia crónica suele venir acompañada de otras patologías que pueden agravar el estado de salud de la persona afectada, alcanzando una Gran Invalidez. Es por ello que es posible obtener la dependencia o una pensión por incapacidad laboral en cualquiera de sus grados si además de la lumbalgia crónica concurren otras patologías.

Si tengo ya concedida una incapacidad laboral en grado de total o absoluta por lumbalgia crónica desde hace tiempo, ¿puedo solicitar ahora una absoluta o una gran invalidez?

Si ha existido algún tipo de agravamiento de las secuelas de la lumbalgia crónica o has desarrollado una nueva patología, puedes solicitar una revisión de grado por agravamiento para obtener la absoluta o la gran invalidez, de modo que tu pensión se vería incrementada sensiblemente.

¿Cuánto puedo llegar a cobrar con una incapacidad laboral por lumbalgia crónica?

El importe de la pensión depende del grado de incapacidad laboral que obtengas. Si se trata de una total el cálculo se realiza sobre las bases de cotización de los últimos 8 años y, por ejemplo, si tu salario bruto ha sido de 1.500 euros al mes de media, entonces cobrarás una pensión del 55% de los 1.500 euros; es decir, 825 euros brutos, y del 75%, es decir, 1.125 euros brutos, a partir de los 55 años si no estás trabajando en otro empleo que sea compatible con la pensión.

Si se trata de una absoluta el cálculo se realiza igual que en el caso anterior, así que con el mismo ejemplo de salario entonces cobrarás una pensión de 1.500 euros netos ya que no está sujeta a retención.

En el caso de obtener una gran invalidez, además del importe de la absoluta, cobrarás un complemento de mínimo el 45% y hasta un 90% aproximadamente. Es decir, si nos fijamos en el ejemplo anterior, una persona que haya estado cotizando de forma estable en base a 1.500 euros puede llegar a cobrar una pensión de mínimo 2.175 euros y hasta aproximadamente 2.850 euros.

Además, si una persona ha estado cotizando las bases máximas de cotización, las pensiones por gran invalidez pueden superar incluso los 4.500 euros, ya que, aunque la pensión máxima para 2024 es de 3.181,60 euros netos, el complemento de gran invalidez se calcula sobre la base de cotización, así que podemos obtener pensiones de un altísimo valor económico para una gran invalidez y, por supuesto, tampoco están sujetas a retenciones.

¿Qué porcentaje de discapacidad me corresponde si sufro lumbalgia crónica?

En el caso del porcentaje o grado de discapacidad, lo que se mide es cómo te afectan las secuelas de la enfermedad a todos los aspectos de tu vida diaria, desde que te levantas hasta que te acuestas, incluidas tus relaciones laborales, sociales, familiares, etc.

En este caso dependerá del grado de avance de la enfermedad y de sus secuelas, pero lo normal es que con un grado de afectación moderada se pueda obtener el mínimo del 33%, y en los casos más graves, cuando además de la lumbalgia crónica concurren otras patologías, se supere el 65%.

Nuestros abogados especialistas en discapacidad te asesorarán sobre cualquier duda legal que te pueda surgir.

Teniendo lumbalgia crónica, ¿puedo obtener la dependencia y en qué grado?

La dependencia mide cómo afectan las secuelas de la enfermedad a la realización de los actos básicos de tu vida diaria: higiene, alimentación, desplazamiento, etc., así que, en los casos avanzados de la patología, cuando ataca a varios órganos o gravemente a alguno de ellos, se puede obtener cualquiera de los 3 grados de dependencia; esto es, dependencia moderada, severa o gran dependencia.

¿Estoy obligado a informar a mi empresa de que he solicitado la incapacidad laboral a causa de la lumbalgia crónica? ¿Se pueden enterar?

No, la empresa no se va a enterar de que estás tramitando la incapacidad laboral, excepto que tú mismo se lo digas y, por supuesto, no estás obligado a informar de que la estás solicitando. Es una información absolutamente confidencial.

¿Puedo solicitar la incapacidad laboral por lumbalgia crónica si estoy trabajando o tengo que esperar a estar de baja y agotar los 18 meses?

No es obligatorio esperar a agotar los plazos de la baja médica para solicitar la incapacidad laboral; es más, es preferible no esperar a agotarlos, ya que, de esta manera, si la solicitud la haces tú sin esperar a que la inspección intervenga, serás tú mismo quien tenga el control de tu expediente sabiendo en cada momento qué documentos quieres presentar en la solicitud, etc.

Lo que sí es siempre recomendable es que estés muy bien informado de los pasos a seguir y qué documentos te favorecen y cuáles no y, a ser posible, que te pongas en manos de abogados especialistas en incapacidad laboral.

Si estoy jubilado por coeficientes reductores, ¿puedo solicitar la incapacidad laboral por lumbalgia crónica?

Sí. Si aún no has cumplido los 65 años, puedes solicitarla, y además están en la obligación de dártela y, por lo tanto, lo normal es que obtengas una pensión superior a la que estás cobrando actualmente.

En el caso de haber superado los 65 años de edad se podría intentar, pero el caso se complica y habrá que acudir con absoluta seguridad a los tribunales de justicia siempre que podamos demostrar que el hecho causante es anterior a la edad legal de jubilación.

Gracias a una reciente sentencia ganada por Fidelitis en el Tribunal Constitucional se ha conseguido garantizar este derecho, de tal manera que aunque estés jubilado por coeficientes reductores, si no has alcanzado la edad legal de jubilación, puedes solicitar una incapacidad permanente.

Es preciso señalar que tanto la Seguridad Social como los Juzgados de primera instancia del TSJ y del Tribunal Supremo querían cercenar este derecho, pero nuestra lucha y nuestro compromiso en lo que creemos hizo que llegáramos hasta el Tribunal Constitucional, momento en el que nos dieron la razón.

Aquí tienes más información sobre jubilación anticipada por enfermedad crónica.

¿Están obligados a adaptar mi puesto de trabajo si tengo lumbalgia crónica y lo comunico en mi empresa?

El Real Decreto de marzo de 2019 trata sobre la adaptación del puesto de trabajo e insta a hacer un esfuerzo para que las personas que sufren una determinada enfermedad (en este caso, lumbalgia crónica) traten de obtener mejoras en sus puestos de trabajo en términos de flexibilidad horaria, teletrabajo, adquisición de herramientas tecnológicas, sillas ergonómicas, etc., pero la realidad es que se trata de un traje a medida para cada trabajador y empresa.

En estas circunstancias se abre un espacio de negociación con el empresario que debe demostrar que ha realizado sus máximos esfuerzos para realizar dicha adaptación, pero no significa que para ello deba hipotecar, por ejemplo, su viabilidad financiera.

Por este motivo, lo mejor es hacer un análisis pormenorizado de las necesidades y de las posibilidades de la empresa para tratar de llegar al mejor escenario posible para el empleado acorde con las posibilidades de la empresa.

Si padezco lumbalgia crónica, ¿puedo compatibilizar una pensión por incapacidad laboral con un trabajo?

La Ley General de la Seguridad Social dice exactamente que puedes hacerlo siempre y cuando tu nuevo trabajo esté especialmente adaptado a las secuelas de tu enfermedad.

Si tienes una total no hay problema. Lo único que no puedes hacer es desarrollar las mismas tareas que hacías en el trabajo que desarrollabas cuando te dieron la incapacidad laboral.

Pero en el caso de la absoluta o la gran invalidez, la experiencia nos dice que puedes hacerlo únicamente en centros especiales de empleo que, efectivamente, cumplan con estos requisitos y, además, realizando obviamente los trámites adecuados ante la Administración para compatibilizar pensión por incapacidad laboral y nuevo empleo.

¿Qué pasa si soy discriminado por tener lumbalgia crónica? ¿Puedo denunciarlo?, ¿cómo debería hacerlo?

Claro que puedes denunciarlo. Además, debes hacerlo para tratar de que no les suceda a otros en el futuro. Dependiendo del tipo de discriminación a la que hayas sido sometido, el procedimiento y el organismo es diferente, desde Instituciones Públicas como Ayuntamientos, Comunidades Autónomas, etc., pasando obviamente por llevar al infractor ante los tribunales de justicia.

¿Qué hago si me están acosando en el trabajo para que me vaya al haberse enterado de que tengo lumbalgia crónica?

El acoso laboral es otro tipo de discriminación que, además, dependiendo del grado, puede incluso estar tipificada como delito penal.

Lo primero que debes hacer es documentar el acoso con todo el material del que dispongas (emails, grabaciones, testimonios, etc.) para, a continuación, ponerlo en manos de un abogado especialista en acoso laboral que te ayude a poner fin al hostigamiento y te proteja dentro de tu entorno laboral.

ASOCIACIONES CON LAS QUE COLABORAMOS

En Fidelitis colaboramos y prestamos cobertura jurídica a las principales asociaciones españolas de lumbalgia y dolor radicular.

Si necesitas ayuda o quieres que intercedamos por ti, contacta con nosotros en consultas@fidelitis.es facilitándonos tus datos personales y tu localidad.

¿Quieres saber más sobre otras enfermedades que pueden causar incapacidad laboral permanente o discapacidad?